Aunque la primera dama, Nadine Heredia, reconoció en una oportunidad que no puede ser candidata en 2016 porque una ley se lo impide, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Francisco Távara –al igual que su antecesor Hugo Sivina–, sostuvo que la Constitución Política no le prohíbe postular y que, en su debida oportunidad, se tendrá que determinar cuál de las normas prevalece.
“Pienso que los problemas no hay que adelantarlos. Algunas cuestiones podrían ser muy discutibles; es prematuro todavía pensar en ese problema. Comparto la opinión del doctor Sivina: la Constitución no lo prohíbe. Hay una norma de menor rango, pero esto se vería en su momento”, declaró a Ideeleradio.
Sin embargo, Távara señaló que el JNE deberá ir pensando en cómo evitar una eventual competencia desleal en caso de que la esposa del presidente Ollanta Humala –quien tiene una enorme exposición mediática– manifieste expresamente su voluntad de participar en las próximas elecciones generales.
¿CONTROL DIFUSO?
Sobre este tema, el constitucionalista César Valega precisó que los magistrados del JNE no podrían aplicar el control difuso –preferir la Constitución antes que cualquier norma de menor rango– frente a una eventual candidatura de Nadine Heredia, pues esa facultad está reservada únicamente para los jueces. “Además, no creo que ellos (los del Jurado) se atrevan a hacer algo de tanta trascendencia con una base discutible”, replicó.
El jurista recalcó que los dos posibles caminos que podría seguir la primera dama –quien aparece en la última encuesta de Datum con 33% de intención de voto– es presentar una acción de amparo, para que un juez aplique el control difuso, o esperar a que se derogue la norma en cuestión.
DÉJENLA TRABAJAR
En tanto, el exvocero de la bancada oficialista Fredy Otárola resaltó que la Constitución Política les concede a todos los ciudadanos el derecho de elegir y ser elegidos, pero aseguró que ni Nadine Heredia ni el Partido Nacionalista están pensando en las elecciones del 2016.
“Ella está cumpliendo su función de primera dama. No estamos pensando en eso, hay que dejarla trabajar, no tratemos de contaminarla con temas electorales”, respondió el también expresidente de la Comisión de Constitución del Congreso.
No obstante esas declaraciones, políticos y analistas de distintos sectores consideran casi un hecho la postulación de la esposa del jefe de Estado a la primera magistratura de la nación.
SABÍA QUE
- La Constitución establece, en el artículo 110, que “para ser elegido presidente de la República se requiere ser peruano de nacimiento, tener más de 35 años de edad y gozar del derecho de sufragio”.
- La Ley Orgánica de Elecciones, en el inciso ‘e’ del artículo 107, dice que no pueden postular “el cónyuge y los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, y los afines dentro del segundo del que ejerce la Presidencia”.
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