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Decreto Supremo 005 es inconstitucional

Ministerio presentó documento “obsoleto” de Imarpe para justificar dación de polémico decreto.

CUESTIONADA RESTRICCIÓN. Produce no pudo sustentar medida contra armadores pesqueros. (USI)
CUESTIONADA RESTRICCIÓN. Produce no pudo sustentar medida contra armadores pesqueros. (USI)

La Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la demanda de acción popular contra el Decreto Supremo N° 005 -2012-Produce, presentada por la Asociación de Armadores Pesqueros.

La justicia emitió esta resolución el 24 de abril, y declaró ilegal el numeral 2.2 del artículo 2 de dicha norma, que establece que “la zona comprendida por encima de las 5 hasta las 10 millas se encuentra reservada preferentemente para el consumo humano directo, siendo exclusiva para la realización de actividades pesqueras de menor escala…”.

La sala de la Corte Superior fundamentó su resolución en que este decreto no fue prepublicado ni en el diario oficial El Peruano ni en el portal de Produce. Además, advierte que la norma “conlleva a la lenta desaparición de la flota de madera rígida”.

En la resolución se dice que Produce presentó al tribunal un informe “que no guarda relación con la presente demanda” pues pertenecía a otra acción legal” y, además, entregó un documento “obsoleto” de Imarpe.

TENGA EN CUENTA

- El Poder Judicial dice que decreto 005-2012 vulnera cuatro artículos de la Constitución (61, 66,67, 68).

- Produce intentó rebatir la demanda con un documento obsoleto de Imarpe.


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