La Comisión de Constitución del Congreso aprobó hoy el proyecto de reforma constitucional que faculta al presidente del Poder Judicial a interponer acciones de inconstitucionalidad.
La iniciativa incorpora el numeral 2 al artículo 203 de la Carta Magna, a fin de que el titular de dicho poder del Estado tenga dicha facultad, con acuerdo de la Sala Plena de la Corte Suprema.
Actualmente solo siete personas o grupos pueden hacerlo: el Fiscal de la Nación, Defensor del Pueblo, 25% del número legal de congresistas; 5 mil ciudadanos, con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones, los presidentes regionales, y los colegios profesionales, dentro de su especialidad.
Hace algunos días, el presidente del Poder Judicial, Enrique Mendoza, se comprometió a impulsar esta reforma para subsanar lo que considera una omisión. La Constitución de 1979 sí reconocía esa potestad.
Asimismo, expresó su confianza en que el Pleno del Congreso debata y apruebe en su momento esta iniciativa.
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