Carmen Mendoza/cmendoza@peru21.com
La cuenta regresiva para conocer la sentencia de la Corte Internacional de Justicia sobre el diferendo marítimo con Chile ya comenzó y si bien el abanico de escenarios sobre su contenido es amplio e imposible de prever, expertos consultados por Perú21 analizan algunas opciones, basados en los antecedentes del propio tribunal.
El excanciller y miembro del equipo jurídico peruano ante La Haya, Manuel Rodríguez Cuadros, tiene una mirada positiva de lo que será el fallo. Afirmó que, considerando las normas a las que está sujeta la Corte, la jurisprudencia del tribunal internacional, y la argumentación peruana, la sentencia puede cambiar el mapa a favor del Perú.
“Eso significaría que tendríamos una ampliación del mar del Grau y, por ende, entre otros factores, mayores posibilidades de desarrollo socioeconómico, que se deriva de las actividades en el mar, beneficiando, principalmente, a las poblaciones en el radio de influencia fronteriza”, estimó.
Según indicó, teniendo en cuenta la metodología de la Corte para resolver problemas de límites, y que la sentencia será de “puro derecho”, es posible visualizar básicamente dos opciones, con diversas variables cada una.
¿FÓRMULA MIXTA?
La primera opción –y “la más probable”– es que establezca que no existe un acuerdo de límites. En ese caso –agregó- procederá a delimitar la zona conforme al derecho internacional y aplicaría la equidistancia, que es la posición que reclama el Perú.
Luego, vería si hay circunstancias pertinentes (situaciones de hecho con una repercusión jurídica) y si comprueba la existencia de estas –y para asegurar el resultado equitativo que manda imperativamente la norma delimitadora– podría optar por una fórmula mixta, combinando la línea equidistante con el paralelo. La segunda hipótesis, y la “más improbable”, prosiguió, es que la Corte decida que sí existe un acuerdo de límites, basado en el paralelo.
En ese escenario, pasaría a determinar a qué espacio marítimo se refiere y ahí entraría en juego el principio de “intertemporalidad”, según el cual en los años 1952 y 1954 no se reconocía las 200 millas, sino solo un mar territorial de 3 millas. Entonces, podría trazar el paralelo para ese último espacio o uno parecido y la equidistancia para lo demás.
“EXPECTATIVA FAVORABLE”
En opinión del internacionalista Fabián Novak, las expectativas son “favorables” para nuestro país, más aún –dijo– si tenemos en cuenta la jurisprudencia de la Corte, que tradicionalmente aplicó el principio de la equidistancia.
Aclaró que eso no quiere decir que necesariamente le concedan al Perú la razón en todos los puntos.
“La Corte establecerá una nueva realidad geográfica distinta al statu quo de facto que existe hoy en día”, indicó. Sobre el último punto, explicó que hay una zona marítima (38,324 kilómetros cuadrados) respecto de la cual Chile, sin títulos jurídicos, ejerce posesión, más no soberanía.
Estimó, asimismo, que la frontera marítima comenzaría desde el Punto Concordia. “Es claro que la línea no puede partir del Hito 1 como sostiene Chile”, aseveró.
Señaló que aunque el tribunal podría hacerlo, no suele seguir la tesis chilena del paralelo. Explicó que ese sistema provoca absurdos jurídicos porque amputa territorio al Perú, hace que este no tenga un dominio marítimo de 200 millas y genera un espacio de tierra sin mar.
“Escuché que algunos consideran que la Corte podría mantener el paralelo, como sostiene Chile, hasta la milla 12 y a partir de ahí trazar el principio de equidistancia, pero es una especulación”, aseveró Novak.
Descartó, en otro momento, que la Corte emita un fallo salomónico, como se especula en Chile porque –según precisó– eso no ha sido solicitado expresamente.
También desestimó que el fallo incluya algún pronunciamiento sobre el tema pesquero. “No existe una controversia sobre esa actividad. La Corte solo puede responder los puntos planteados en la demanda”, añadió.
RARA VEZ CONCEDE TODO
De acuerdo con el internacionalista Farid Kahhat, “rara vez” la Corte concede a una de las partes todas sus reivindicaciones. “Si bien soy optimista y espero un fallo favorable al Perú, no esperaría una sentencia que le conceda lo que demanda en los tres temas en controversia: el triángulo externo, el límite marítimo y el punto de inicio de ese límite”, aseveró.
Subrayó que la Corte es parte del sistema de paz y seguridad de las Naciones Unidad y, además de fallar de acuerdo a derecho, trata que sus resoluciones sean aplicables y no generen nuevas fricciones entre los países.
“Por ello, los veredictos suelen ser divididos y no creo que esta sea la excepción, sobre todo en el tema limítrofe que es fundamental en la controversia”, anotó. Tras advertir que no sabe cuál será el fallo, comentó que uno de los resultados “más fáciles de digerir” para las partes, sobre todo para Chile, sería que se le conceda al Perú el denominado triángulo externo.
“(Los chilenos) no tenían nada que ganar en este proceso y eso es un factor en contra. Todo el territorio en controversia está bajo control chileno. Entonces, lo peor para el Perú es que se preserve el statu quo. Chile tiene más escenarios desfavorables”, expresó Kahhat.
OTRAS HIPÓTESIS
En esta coyuntura, también circuló otra tesis, según la cual el tribunal aceptaría que no hay límites y fijaría como línea la equidistancia, pero establecería que Chile podría seguir ejerciendo derecho de pesca hasta la zona del paralelo, como lo hace actualmente, apelando a los convenios de 1952 y 1954.
Al respecto, fuentes consultadas por Perú21 indicaron que la Corte no puede disponer la equidistancia y, a la vez, permitir que Chile continúe pescando dentro de la soberanía peruana.
Lo que podría hacer– comentaron– es recomendar que los Estados se pongan de acuerdo en el régimen pesquero en la zona.
En los últimos días, además, se siguió escuchando, tanto en Chile, como en el Perú, la hipótesis de que el tribunal, con sede en La Haya,podría establecer la línea del paralelo como límite marítimo, pero solo hasta la milla 12 y, después, trazar la equidistancia o alguna otra fórmula, tras evaluar todos los documentos jurídicos que las partes presentaron en el proceso.
Sin embargo, son solo especulaciones. Ahora queda esperar exactamente una semana para conocer la decisión definitiva e inapelable de la Corte.
LOS ARGUMENTOS
- El Perú pidió a la Corte que fije los límites marítimos con Chile. Ni la Declaración sobre Zona Marítima (1952) ni el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima (1954) son acuerdos limítrofes.
- El límite marítimo debe iniciarse en el Punto Concordia, en cumplimiento del Tratado de 1929. Corresponde el trazado de una línea equidistante.
- El Perú posee derechos soberanos exclusivos en el “triángulo externo”.
- Según la tesis chilena, la Declaración de 1952 sí fijó los límites marítimos y este “acuerdo” fue confirmado con la práctica de ambas partes.
- El inicio del límite marítimo se ubica en el punto en el cual el paralelo, que pasa por el Hito 1, alcanza la línea de baja marea.
- Chile, además, considera al triángulo externo como alta mar y se atribuye ciertos derechos sobre dicha zona, bajo la tesis del mar presencial.
EL DÍA DEL FALLO
- El próximo lunes, a las 9 de la mañana (hora peruana), la Corte leerá su fallo.
- Se recomienda esperar hasta el final para tener una lectura correcta del veredicto, que podría incluir un mapa sobre la delimitación.
- Dos horas después, se pronunciaría el agente peruano Allan Wagner y, luego, el equipo jurídico se reunirá, en reserva, para analizar la sentencia.
- Luego, se pronunciarían, en simultáneo, los presidentes Ollanta Humala y Sebastián Piñera.
- Al caer la tarde, la canciller Eda Rivas explicaría el contenido de la sentencia.
- El martes 28, Wagner llegaría a Lima para entregar el fallo al mandatario.
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