22.NOV Viernes, 2024
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Opinión

La Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral, aprobada por el Congreso, es una valiosa herramienta que permitirá a los partidos consultar si sus probables candidatos al Congreso tienen antecedentes de sentencias condenatorias con calidad de cosa juzgada, certificados sobre órdenes de captura por delito doloso existentes en el exterior, información por deudas originadas en tributos, contribuciones, tasas, arbitrios o multas de naturaleza municipal y deudas a la Sunat.

También permitirá saber si los precandidatos están dentro del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial y conocer información sobre bienes y sobre sus deudas contraídas con el Estado por concepto de reparación civil, fijadas por sentencia judicial. Hasta allí todo bien, pero… ¿dónde quedan las sentencias administrativas que podrían tener algunos precandidatos al Congreso ante la Contraloría General de la República? Como sabemos, este Congreso aprobó que dicha institución pueda suspender, temporalmente, para el ejercicio de las funciones de 30 a 360 días calendario a los funcionarios que incurrieran en alguna falta y, además, según la gravedad, inhabilitar del ejercicio de la función pública de 1 a 5 años.

Como sabemos, muchos de los probables precandidatos al Congreso han ejercido la función pública, por lo que se hace necesario que la Ventanilla Única incorpore dentro de las consultas que puedan hacer los partidos políticos aquella que permita conocer las sentencias emitidas por el órgano sancionador de la Controlaría.

La modificación a la ley, de existir la voluntad política pertinente, no generaría mayor debate y podría ser rápidamente aprobada. La institución que ejerce el control gubernamental estaría gustosa de colaborar con la información pertinente que permita auscultar la calidad funcional del probable candidato al Congreso y, con ello, completar el esfuerzo de transparencia de la información que ha dado el Congreso de la República para estas y las futuras elecciones.


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