La Sunat aprobó una resolución que modifica el régimen de gradualidad de sanciones en las infracciones cometidas por no emitir y/o no entregar comprobantes de pago.
Dicha regulación entró en vigencia ayer y dispone el cierre temporal del establecimiento desde la primera oportunidad en que se detecte la falta.
El ente recaudador precisó que la cantidad de días de cierre se incrementará de manera gradual de tres, seis y diez días para la primera, segunda, tercera y demás oportunidades en que se infrinja esta norma.
De esta forma, se implementa el Decreto Legislativo N° 1113, emitida en el marco de las facultades tributarias.
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