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Voto de confianza a Ana Jara: ¿Qué pasaría si el Congreso no la respalda?

Constitucionalistas y un exoficial mayor del Parlamento nos detallan los posibles escenarios.

Ana Jara se presentó en el Congreso el último miércoles. (Nancy Dueñas)
Ana Jara se presentó en el Congreso el último miércoles. (Nancy Dueñas)

Por Patricia Quispe Villanueva (@pquispev)
Confianza en suspenso. Recién mañana el pleno del Congreso definiría si le otorga el voto de investidura al gabinete ministerial que preside Ana Jara, luego de que esta madrugada las abstenciones (63) superaran las 50 adhesiones y el solitario voto en contra de Heriberto Benítez.

De acuerdo al artículo 82 del Reglamento Interno del Congreso, si —eventualmente— la confianza le es finalmente negada al gabinete, este deberá renunciar en forma inmediata ante el Presidente de la República, que tendrá que aceptar su dimisión.

El artículo 134 de la Constitución es más explícito, pues señala que si el Parlamento le niega la confianza a dos consejos de ministros, “el Presidente está facultado para disolver el Congreso”, tras lo cual tendría que convocar a elecciones para un nuevo Legislativo dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución.


AL VOTO
Tras el duro revés del gabinete Jara, el exoficial mayor del Congreso José Elice opinó que, en la práctica, “se le ha negado el voto de confianza” al sexto equipo ministerial del régimen nacionalista y, en consecuencia, este debería renunciar.

Las opiniones de constitucionalistas como Enrique Bernales y Natale Amprimo, sin embargo, difieren sustancialmente. Ambos precisaron que al haberse impuesto las abstenciones debe procederse a una nueva votación.

Amprimo sustentó su posición en el informe elaborado por la Comisión de Constitución del Parlamento precisamente bajo su presidencia, en diciembre de 2003.

De acuerdo a ese documento, al que Perú21 tuvo acceso, si “el número de abstenciones es mayor al de los votos a favor o en contra; el asunto queda sin resolver” toda vez que “los votos a favor y en contra no son suficientes para una decisión colegiada”.

En ese contexto, fuentes legislativas explicaron que la cuestión de confianza tendrá que votarse cuantas veces sea necesario hasta que haya una definición en la que se impongan los votos a favor o los votos en contra.

Esa situación, se recuerda, ocurrió en marzo de este año cuando el entonces premier René Cornejo solicitó el voto de investidura y en dos votaciones se impusieron las abstenciones a los votos en favor y en contra. Recién en la tercera oportunidad, logró el respaldo de 66 congresistas, frente a 52 votos en contra y 9 abstenciones.



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