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Opinión

“Cuando escucho a abogados y catedráticos opinar en TV sobre derechos, garantías, códigos, obligaciones, debido proceso, etc., no sé si reírme o llorar”.

Es un libro publicado en 1973 por Charles Ashman. Les copio dos párrafos de un artículo sobre el libro, que publicó en el New York Times, el abogado Melvin Velli, cuyo negocio era defender a actores de Hollywood:

“Ashman ha seleccionado 74 de los jueces más patéticos y descarados, 25 de los cuales todavía siguen en sus puestos, lo que prueba la ‘contaminación judicial’. El libro presenta la evidencia con nombres, fechas, lugares y pagos en casos de ‘coimeo judicial’ desde jueces de paz a cortes supremas estatales”.

También relata Velli una experiencia personal:

“Hace unos años, fui convocado a París por mi cliente Errol Flynn que estaba en un litigio. El confiado abogado francés de Flynn me espetó: ‘Monsieur Belli, no hay nada de qué preocuparse, le hemos dado al juez 200.000 francos, tenemos el caso en la bolsa’. Mi reacción fue preguntarle qué pasaría si la coima de la otra parte es de 300.000; a lo que el abogado replicó indignado: ‘Sr, es un juez francés, solo acepta coima de una de las partes’”.

Una de las variables que utiliza el Foro Económico Mundial –en el cálculo del Índice de Competitividad de cada uno de 140 países– es el “pago de coimas para conseguir una sentencia judicial”. Para cuantificar dicha variable, el Foro envía la siguiente pregunta a una muestra de empresarios y abogados de cada país: ¿Con qué frecuencia pagan coimas las empresas para obtener una sentencia favorable? Los encuestados contestan con un número entre 1 (=muy frecuente) y 7 (=nunca); con los resultados se construye un “ranking” de países –de menos a más coimero– que pueden consultar aquí.

Para que se hagan una idea, Francia ocupa el puesto 26 (entre 140) y los EE.UU. el 37. La posición del Perú es 130; intercalado entre Burundi, Nicaragua y Mauritania (inmediatamente delante) y Haití, Madagascar y Sierra Leona (detrás). Es decir, es uno de los once sistemas judiciales más coimeros.

Por eso, cuando escucho a abogados y catedráticos opinar en TV sobre derechos, garantías, códigos, obligaciones, debido proceso, etc., no sé si reírme o llorar. ¿De qué sirven si lo determinante es la capacidad de soborno de las partes litigantes? ¿Qué le valen a usted los méritos de su caso si su abogado no coimea? ¿Cómo va a progresar el país contra la corrupción y la inseguridad sin una reforma a fondo de la justicia?


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