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Hasta 12 años de cárcel

Análisis.21: Roberto Miranda, abogado.

 Análisis.21: Roberto Miranda, abogado.

Estamos frente a un concurso de delitos y, además, ante una sumatoria de penas. Contra los padres hay un agravante por el grado de filiación. El primer delito es el de trata de personas, que implica la explotación económica. Hay una gradualidad de penas que no baja de cuatro años y que depende de los daños que haya sufrido el menor durante la explotación, como es el caso de haber sido violado, lesionado o que le hayan provocado la muerte. La pena máxima es de 12 años. Tanto el padre como la persona que lo alquila y lo explota es coautor del hecho delictivo. El otro delito es el de la exposición de personas al peligro, cuando los padres buscan obtener un beneficio económico utilizando a sus hijos. Los exponen a las altas horas de la noche, a una carretera peligrosa, cerca de un prostíbulo o de gente de malvivir. En este caso, la pena es de cinco años de cárcel, y si hay agravantes, es de 12 años. Si hablamos de un alquiler, estamos frente a una contravención del Código del Niño y del Adolescente. La Fiscalía podría intervenir.


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