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Roberto Miranda

El traficante de crack Carlos Santiago Álvarez Arrieta, conocido como ‘Tío Charlie’, fue sentenciado a ocho años de cárcel y al pago de una reparación civil de mil soles a favor de las embajadas de España, México y Uruguay, y de 3 mil soles para el Estado peruano.

En 1991, la figura de rapto de un niño fue retirada del Código Penal, y en su reemplazo se instauró el delito de secuestro. Por tanto, sustraer a un menor de 18 años es penado con la cadena perpetua, según nuestro ordenamiento jurídico.

ROBERTO MIRANDA Penalista

Estamos frente a un concurso de delitos y, además, ante una sumatoria de penas. Contra los padres hay un agravante por el grado de filiación. El primer delito es el de trata de personas, que implica la explotación económica. Hay una gradualidad de penas que no baja de cuatro años y que depende de los daños que haya sufrido el menor durante la explotación, como es el caso de haber sido violado, lesionado o que le hayan provocado la muerte. La pena máxima es de 12 años. Tanto el padre como la persona que lo alquila y lo explota es coautor del hecho delictivo. El otro delito es el de la exposición de personas al peligro, cuando los padres buscan obtener un beneficio económico utilizando a sus hijos. Los exponen a las altas horas de la noche, a una carretera peligrosa, cerca de un prostíbulo o de gente de malvivir. En este caso, la pena es de cinco años de cárcel, y si hay agravantes, es de 12 años. Si hablamos de un alquiler, estamos frente a una contravención del Código del Niño y del Adolescente. La Fiscalía podría intervenir.

En principio, la reincidencia y la habitualidad solo se dan en los delitos más graves. Los que cometen una falta van a parar a un juzgado de paz letrado, en el que la misma prescribe. Esto hace que muchos hampones vuelvan a delinquir con impunidad. Se trata de chicos que van dos o tres veces al mes o a la semana a la comisaría y que nunca reciben mayor sanción. La intención de convertir la habitualidad de faltas en delitos trata de corregir esta situación. En lo particular, me parece bien. Lo que se debe instalar es un registro nacional de faltas para que se conozca quiénes son los reincidentes. El Congreso tiene en sus manos la modificación del Código Penal, y el Ministerio de Justicia debe generar talleres en centros penitenciarios para reos primarios a fin de que estos presos –que no son de alta peligrosidad– puedan rehabilitarse y ser reincorporados a la sociedad.

Tras la escandalosa fuga de un menor de 13 años con una mujer de 25, la justicia ya está detrás del caso por el cual la mujer podría recibir una dura pena.

A este adolescente no le corresponde el Código Penal ni el Código de Ejecución Penal. A él se le aplica el Código del Niño y el Adolescente que en el artículo 197 establece que debe ir a un centro de diagnóstico y de rehabilitación para menores. También precisa que si durante el cumplimiento de su sanción alcanza la mayoría de edad, este debe ser trasladado a un ambiente especial de un establecimiento primario a cargo del Instituto Nacional Penitenciario que, en este caso, podría ser San Jorge. Sin embargo, el Poder Judicial tiene la potestad de habilitar un lugar, que puede ser una comisaría u otra instalación, a donde vayan a parar los menores que, como ‘Gringasho’, tienen conductas infractoras repetitivas. Mañana mismo puede disponer de este local, si así lo quisiera, tal como se ha hecho con la sede de la Diroes y de la Base Naval. Ahora, si queremos que los menores de 14 o más edad sean internados en un penal, se debe cambiar los códigos del Niño y Adolescente y Penal.

Era su vida y la de su novia o la de dos delincuentes armados. El empresario Luis Miguel Llanos Carrillo, experto en artes marciales, no dudó en defenderse y disparar causando la muerte de sus atacantes. Ahora, el hombre de negocios afronta una grave denuncia que lo podría llevar a la cárcel: la Fiscalía lo ha acusado por el delito de homicidio simple y encubrimiento real.

El abogado Roberto Miranda informó que Carla Ramos, madre de Romina Cornejo, la pequeña que quedó cuadripléjica luego de recibir dos impactos de bala durante un asalto contra sus abuelos, recibió el respaldo de varias instituciones de Canadá y España en su intención de crear una ONG para ayudar a niños de escasos recursos que necesiten atención médica.

‘Tranquiliza tener a dos peligrosos 'marcas' encerrados de por vida’

El abogado de la familia Cornejo, Roberto Miranda, destacó la sentencia a cadena perpetua que recibieron los delincuentes José Luis Astuhuamán (a) ‘Papita’ y Freddy Sandonaz (a) ‘Gordo Pedro’, protagonsitas del asalto en el que la pequeña Romina Cornejo fue herida de bala y quedó en estado tetrapléjico.