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Indulto no se otorga de oficio

Aguarda una decisión. (Andina)
Aguarda una decisión. (Andina)

Las afirmaciones del congresista Kenji Fujimori y del abogado César Nakazaki respecto de que el presidente Ollanta Humala podría indultar “de oficio” al exmandatario Alberto Fujimori dieron lugar a numerosas consultas de índole jurídica. En todos los casos, los especialistas aseguraron que el otorgamiento de esta gracia presidencial solo puede tramitarse a solicitud del interesado o de la familia, y concederse –dijeron– previa consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

En ello coincidieron los juristas Aníbal Quiroga y Víctor García Toma. “El Perú debe consultar a la Corte IDH si él es elegible para ser indultado por razones humanitarias, y si dice que no, (Fujimori) morirá en la cárcel”, explicó Quiroga.

García Toma agregó que, una vez que el expresidente o su familia hace la petición, el Ejecutivo debe elaborar un expediente técnico y evaluar si le concede o no la gracia.

TENGA EN CUENTA

- Javier Diez Canseco dijo que la declaración de Humala fue una invitación para presentar el pedido.


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