El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó y publicó hoy el proyecto de Normas Relativas al Acceso de los Emisores de Dinero Electrónico a los Servicios de Telecomunicaciones, que fija las reglas para que los emisores de dinero electrónico puedan tener acceso a las redes de los operadores de servicios de telefonía móvil.
Este documento fija además que el uso de las redes debe darse en igualdad de condiciones para todos los emisores de dinero electrónico. Para ese fin, *las operadoras y los emisores deberán suscribir un “contrato de acceso”, que debe contener todas las condiciones que permitan el uso de las redes de los operadores por parte de los emisores.
Entre esas condiciones figuran el precio por acceso que los emisores deberán pagar a los operadores por dicho uso, las condiciones de seguridad de la información, las responsabilidades de cada una de las partes, entre otras.
En caso de que los operadores y los emisores de dinero electrónico no se pongan de acuerdo en las condiciones del citado contrato, Osiptel tendrá la facultad de establecer las condiciones a través de un denominado “mandato de acceso”.
LOS COSTOS
Según la propuesta, los emisores de dinero electrónico y los operadores de servicios de telecomunicaciones deberán acordar el precio que estos últimos cobrarán por el uso de sus redes, que deberá basarse en los costos directos de proveer el servicio, un porcentaje de los costos comunes y un margen de utilidad razonable.
El organismo regulador estableció un plazo de 20 días calendario, partir de mañana martes 2 de abril, para que los interesados emitan comentarios sobre el anteproyecto de ley. Una vez terminado dicho período, se evaluará las apreciaciones y se emitirá una iniciativa final.
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