La Primera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque condenó a 25 años de prisión al médico Walter Chulle Cabanillas, como autor de los delitos de homicidio calificado, aborto consentido y ejercicio ilegal de la medicina, en agravio de Danitza López Crisanto.
En aplicación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), se logró también condenar a 21 años de cárcel a Luis Enrique Ruidias García, como coautor de los mismos delitos tras comprobarse que captó como cliente a la agraviada, llevándola al consultorio del galeno para practicarle el aborto.
Estas sentencias fueron obtenidas en juicio oral de apelación, por el representante de la Tercera Fiscalía Superior de Apelaciones, César Bravo Llaque, quien demostró con suficientes pruebas, la acreditación de los delitos cometidos por ambos acusados.
Según la exposición del magistrado, la gestante murió en la sala de operaciones por golpes en la cabeza con objeto contundente y no por una caída. Por el delito de homicidio calificado ambos fueron condenados a 20 años de cárcel.
En tanto que, al médico Chulle Cabanillas le sumaron tres años de prisión efectiva como autor del delito de aborto consentido y dos años más por ejercicio ilegal de la medicina.
A su vez, al captador de clientes, Ruidias García, se le añadió como cómplice primario del delito de aborto, a un año de cárcel.
Los hechos sucedieron el 28 de marzo de 2012, cuando la agraviada acudió al consultorio del galeno junto a una mujer, identificada como Fanny Peña. Esta mujer declaró como testigo en el proceso y afirmó que al final de la intervención, la salud de la paciente comenzó a agravarse, pero al percatarse de esta situación fue expulsada por el doctor.
Tres días después la víctima fue hallada en la acequia Chilapito, envuelta en cajas de cartón y cintas de embalaje.
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