El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Miguel Facundo Chinguel contra el congresista Sergio Tejada, presidente de la llamada ‘megacomisión’ en el Congreso, que investiga presuntas irregularidades en el segundo gobierno aprista.
En el documento se solicitaba la nulidad de la carta mediante la cual se requería al extitular de la Comisión de Gracias Presidenciales asistir al Legislativo y que se le dirigió el 30 de noviembre de 2012, alegando que la vigencia de las facultades de dicha comisión venció el 21 de noviembre del mismo año.
“El requerimiento de la concurrencia de una persona ante una Comisión Investigadora del Congreso de la República, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza, en sí mismo, no determina una restricción directa y concreta en el derecho a la libertad individual que pueda dar lugar a la procedencia de un hábeas corpus”, así lo señala el TC.
El TC precisó que el apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza a una comisión parlamentaria no incide de manera negativa y directa en el derecho a la libertad individual, en razón de que no contiene una restricción de la libertad individual; tanto es así que el eventual uso del grado o fuerza estaría supeditado a una conducta renuente respecto del requerimiento de concurrencia cursado.
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