Las empresas operadoras solo podrán activar o desactivar el servicio de roaming internacional previa autorización expresa de los usuarios, señala un proyecto que modifica el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por el Osiptel.
El regulador prohibirá, en adelante, la inclusión en los contratos de cláusulas referidas a activaciones automáticas o por defecto del servicio.
Actualmente, los usuarios pueden acceder a una red en el extranjero distinta a la de su operador local sin que lo hayan solicitado.
Osiptel comentó que se han recibido constantes reclamos de usuarios por facturación excesiva de llamadas. Por tanto, se busca garantizar que quienes cuenten con el roaming internacional sean los que expresamente lo hayan pedido. En cuanto la norma haya sido aprobada, las empresas tendrán 90 días para implementar estas disposiciones.
SABÍA QUE
- Sobre la activación. Las empresas deben comunicar las tarifas que aplicarán por el servicio.
-El usuario puede pedir la activación del roaming internacional por un plazo determinado.
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