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¿Cuáles han sido las simplificaciones administrativas en materia laboral?

En el 2016 el gobierno publicó dos Decretos Legislativos que hacían más simples los procesos y trámites en materia laboral para las empresas y trabajadores

¿Derecho a huelga?, ¿Licencias para los sindicatos? acá te contamos que ha cambiado (Composición).
¿Derecho a huelga?, ¿Licencias para los sindicatos? acá te contamos que ha cambiado (Composición).

A fines del 2016, el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski publicó dos decretos que exhortaba a las entidades del Estado a realizar un análisis de calidad regulatoria de sus normas y los procedimientos administrativos con el objetivo de identificar, reducir y/o eliminar aquellos trámites que sean innecesarios y/o injustificados.

Así, mediante una disposición que obliga a las entidades del Estado a interconectarse, simplificar los procedimientos y autoriza el uso de tecnologías e información, se hicieron los siguientes cambios en materia laboral:

Contratos de Trabajo

Se eliminó la obligación de registrar los contratos de trabajos a plazo fijo, pero se mantiene la obligación de registrar los contratos temporales y part time. Sin embargo, esto no elimina la obligación de celebrar por escrito y entregar los contratos a los trabajadores.

Contratación de extranjeros
Ya no es necesario presentar una declaración jurada de porcentajes limitativos, certificados de trabajo, títulos profesionales, ni garantía de retorno. Solo es necesario el contrato de trabajo y la declaración jurada de cumplimiento de requisitos

Modalidades formativas y/o prácticas preprofesionales
Se eliminó la obligación de registrar los convenios de modalidades formativas, planes de entrenamiento y actualización para la re inserción laboral y los programas de capacitación, sin embargo no elimina la obligación de celebrar por escrito los convenios y entregar los contratos.

Certificados de discapacidad
Ahora este documento podrá ser otorgado por médicos certificadores siempre que estén registrados en un establecimiento de salud pública y /o privada.

Firma digital en documentos laborales
Este cambio permite sustituir la firma y sellado manual, será aplicable a todo tipo de documentos laborales: boletas de pago, liquidación de CTS, contratos de trabajo, certificados de trabajo.

No se requiere el consentimiento del trabajador, ni la inscripción del registro de firmas.

Licencias sindicales
Se debe comunicar con 24 horas de anticipación para ejercer licencia pero esto variará dependiendo de el tipo de sindicato

  • Federaciones: El Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Defensa y Secretario de Organización tienen derecho a esta licencia.
  • Confereaciones: Tienen derecho a licencia 10 dirigentes
  • Dirigentes del Consejo Nacional del Trabajo tendrán 2 días adicionales de licencia por cada convocatoria y 1 día mas para los que se trasladen desde localidades lejanas.

Derecho de Huelga
Antes se necesitaba las firmas de toda la Junta Directiva, y la declaración jurada de que la decisión se ha adoptado cumpliendo todos los requisitos. Hoy solo se necesita la firma del Secretario General y otro dirigente, más la declaración jurada.

Exámenes médicos
Este procedimiento ya no será necesario al inicio de la relación laboral.

Trabajo forzoso
La pena para este tipo de delito ha aumentado, antes era de no mayor a 2 años con los nuevos decretos las penas no puede ser menor a 2 años pero tampoco mayor a cinco años.

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