La Comunidad Andina (CAN) ratificó la Resolución 1695, la cual consideró como “restricción al comercio intrasubregional” las exigencias establecidas por Ecuador a las exportaciones peruanas. La Secretaría General de la CAN considera que lo dispuesto por Ecuador es contrario a los términos establecidos en el Acuerdo de Cartagena.
Ese país había establecido la exigencia de presentar un certificado de reconocimiento para demostrar el cumplimiento de reglamentos técnicos como parte del control previo a la importación para un conjunto de productos que incluyen a la agroindustria y las manufacturas.
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