La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que la Corte Superior de Justicia del Santa en Chimbote (Áncash) condenó a ocho años de prisión efectiva a un empresario por defraudación tributaria y tentativa de obtención indebida de devoluciones de impuestos, delitos por los que fue denunciado en 2008.
El sentenciado, Rudi Marcos Alvarado Córdova, en su condición de representante legal de Agro Export Elite, y con la participación de Miriam Vergaray Pedroza, trabajadora del área de contabilidad de dicha compañía, crearon empresas fantasma, inscribiendo en el Registro Unico del Contribuyente (RUC) a supuestos proveedores e imprimieron facturas y guías de remisión falsas.
El organismo regulador señaló que durante el proceso judicial se comprobó que los acusados tenían la custodia y todo el manejo de los comprobantes e inscripción en el RUC de los proveedores. De esta manera, simulaban operaciones de compra para obtener de manera ilícita un crédito fiscal que no les correspondía.
La cómplice del empresario se acogió a la conclusión anticipada del juicio, al haber aceptado los cargos en su contra. La confesión sincera y su colaboración con la administración de justicia, determinaron que la justicia peruana le imponga una condena de prisión suspendida de cuatro años.
La Sunat afirmó que entre enero del 2005 y marzo del 2006, Alvarado Córdova se encargó de realizar ventas fantasmas, simulando operaciones de compra de ají páprika para exportación, a través de falsos proveedores que eran contactados por su cómplice.
Como representante legal de la mencionada empresa, el sentenciado solicitó ante la Sunat, en abril del 2006, la devolución del saldo a favor como beneficio del exportador, por las supuestas operaciones comerciales que realizó por un importe de S/.238 mil.
A partir de dicha solicitud, la Sunat inició un proceso de fiscalización determinando la existencia de operaciones de compra no reales, a través de cruces de información, manifestaciones e irregularidades en la documentación contable presentada por el contribuyente.
De esta forma, la institución verificó, entre otros aspectos, que los supuestos proveedores tenían como actividades reales los oficios de taxistas, zapateros y empleadas domésticas. Por ello, la devolución no fue autorizada, hecho que sirvió para sustentar la acusación por la tentativa de obtención indebida de dicho beneficio tributario.
La condena contra Alvarado Córdova se emitió el pasado 5 de octubre y, aunque este presentó ayer ante la Corte Superior de Justicia del Santa una apelación a su sentencia, ya se encuentra recluido en el Penal Cambio Puente de Chimbote.
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