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Poder Judicial rechaza archivamiento por delito de apología del terrorismo

Tribunal precisa que hecho denunciado sí constituye delito y está tipificado en el artículo 316 inciso 2 del Código Penal

Alfredo Crespo fue denunciado por delito de apología al terrorismo. (Perú21)
Alfredo Crespo fue denunciado por delito de apología al terrorismo. (Perú21)

La Sala Penal Nacional rechazó el pedido de prescripción del delito de apología del terrorismo contra dirigentes del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef). De esta forma continúa el proceso contra ellos por dichos delitos cometidos en 2010.

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La decisión fue tomada por el colegiado A de la Sala Penal, un tribunal presidido por el magistrado René Martinez, quien indicó que la pretensión presentada por los dirigentes del Movadef fue rechazada.

Los implicados son Manuel Fajardo Cravero, Alfredo Crespo Bragayrac, Alberto Mego Márquez y Oswaldo Esquivel Caycho.

Según la Fiscalía, ellos son responsables de la redacción y publicación
del ‘Periódico Marxista Leninista Maoísta Amnistía General’, cuya edición del 25 de setiembre del 2010 (año 1, número 1) era ofrecido en venta el 12 de octubre de 2010 por las inmediaciones de la Plaza Bolívar en una marcha de gremios de trabajadores al Congreso de la República.

La denuncia contra ellos por este hecho, según explicó el magistrado Martínez en un comunicado, sí constituye delito y está tipificado de manera conveniente en el artículo 316 inciso 2 del Código Penal.

El colegiado sostiene que la inocencia o responsabilidad penal de los procesados recién será materia de pronunciamiento en una sentencia.

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