El Tribunal Constitucional declaró improcedente el recurso de agravio constitucional planteado por el expresidente de la Federación Peruana de Fútbol, Manuel Burga, con el fin de que el Ejecutivo se abstenga de extraditarlo a los Estados Unidos.
El recurso había sido presentado por el abogado César Nakasaki, quien tiene a su cargo la defensa de Manuel Burga, contra la Sexta Sala Especializada en lo Penal de Lima, por la tipificación del delito que se le atribuye por estar involucrado en el caso de corrupción de la FIFA.
La resolución del Tribunal Constitucional indica en sus fundamentos, que la cuestión de derecho contenida en el recurso no es de especial trascendencia constitucional “porque se trata de un asunto que no corresponde ser resuelto en la vía constitucional”.
“En efecto, el recurrente solicita que el Estado peruano, representado por el Ejecutivo se abstenga de extraditarlo (a Manuel Burga) a los Estados Unidos de América. Argumenta que los hechos por los cuales se declaró procedente la extradición no constituyen delito de asociación ilícita para delinquir”, señala la resolución.
Agrega que en este caso la defensa de Manuel Burga pretende, vía proceso de hábeas corpus, que la judicatura constitucional se pronuncie sobre si es o no pertinente la tipificación hecha por la Corte Suprema. “Este análisis corresponde a la judicatura ordinaria como así ha sido realizado en el presente caso”, precisa el documento.
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