15.MAY Miércoles, 2024
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Jurado Electoral Especial de Lima Centro admitió lista de candidatos

Siete partidos presentaron fórmulas, entre ellos el Partido Popular Cristiano, Perú Posible, entre otros, para comicios complementarios de noviembre.

Listas de candidatos fueron admitidas. (Luis Gonzales)
Listas de candidatos fueron admitidas. (Luis Gonzales)

El pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro (JEE-LC) admitió las listas de candidatos presentadas por siete organizaciones políticas para participar en las Nuevas Elecciones Municipales del próximo 24 de noviembre en Lima.

Las fórmulas admitidas corresponden a los partidos Acción Popular, Somos Perú, Perú Posible, Siempre Unidos, Partido Humanista, Tierra y Dignidad y Partido Popular Cristiano (PPC), los que subsanaron, dentro del plazo de ley, las observaciones planteadas por el organismo electoral.

La mayor parte de las objeciones resueltas se referían a que no se presentaron las licencias sin goce de haber de los postulantes que laboraban en el sector estatal o en municipalidades.

Conforme a lo estipulado en el Reglamento de Inscripción de Candidatos del Jurado Nacional de Elecciones (“JNE”_http://peru21.pe/noticias-de-jne-5237), una vez admitidas las listas, el JEE-LC dispone su publicación, mediante avisos o carteles, en este caso, en la Municipalidad de Lima.

PRESENTACIÓN DE TACHAS
El JNE informó que se procede de esta manera con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) pueda presentar tachas contra la fórmula en su integridad o contra uno o más candidatos durante tres días naturales siguientes a su publicación.

Transcurrido este periodo, de no presentarse imputaciones, se declarará inscrita la lista y, de ocurrir lo contrario, corresponderá al JEE-LC resolver en primera instancia y, de presentarse apelaciones, se revisarán por el JNE.

De los 154 candidatos que comprenden las siete listas presentadas, solo dos no superaron las observaciones planteadas, siendo declarados improcedentes sus candidaturas por el organismo electoral de primera instancia.


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