05.DIC Jueves, 2024
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Grupo Especial Antidrogas en Aeropuertos iniciaría funciones en diez días

Sede del Getaa se ubicará en Lima y estará formado por funcionarios de fiscalías especializadas en tráfico de drogas, policías y agentes de la Sunat y Migraciones.

Agentes del Geeta combatirán tráfico de drogas en aeropuertos. (Andina)
Agentes del Geeta combatirán tráfico de drogas en aeropuertos. (Andina)

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) oficializó la creación del Grupo Especial de Tarea Antidrogas en Aeropuertos (Getaa), que tendrá como misión encargarse de realizar acciones contra el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos en los aeropuertos, aeródromos y similares, en todo el territorio nacional.

El Getaa se instalará e iniciará sus funciones en un plazo no mayor de diez días hábiles posteriores a la publicación de la resolución ministerial que apareció hoy en el diario oficial El Peruano. Su sede principal en Lima y podrá establecer sedes desconcentradas de acuerdo a las necesidades del servicio.

Conforman el Getaa funcionarios de la Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas de la Sunat, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones y de la Dirección Ejecutiva Antidrogas de la Policía Nacional del Perú.

DESIGNACIÓN DE MIEMBROS
La designación de los integrantes del Getaa será comunicada a la Presidencia Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas (Devida) por el titular de la institución correspondiente, en un plazo no mayor a siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del dispositivo legal.

Cada institución asegurará la permanencia de los funcionarios integrantes del Getaa, por un periodo mínimo de dos (02) años y máximo de tres (03) años consecutivos.

El Getaa tendrá también la tarea de analizar la información y gestión de riesgo de pasajeros y carga aérea, desarrollar acciones de inteligencia, inspeccionar e intervenir a personas, equipaje, carga aérea, dinero e instrumentos financieros, vinculados a la actividad aeroportuaria.


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