03.MAY Viernes, 2024
Lima
Última actualización 08:39 pm
Clasificados

Poder Judicial removió a jueces que liberaron a cúpula del Movadef

Señaló que la renovación de la conformación busca optimizar el funcionamiento de la Sala Penal Nacional.

Poder Judicial renovó Sala Penal Nacional. (Mario Zapata)
Poder Judicial renovó Sala Penal Nacional. (Mario Zapata)

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial removió a los jueces de la Sala Penal Nacional, algunos de ellos cuestionados por cambiar la orden de prisión preventiva para la cúpula del Movadef por la de comparecencia restringida.

Sin embargo, en un comunicado, la Corte Suprema de Justicia señala que la renovación de la conformación tiene el objetivo de “optimizar el funcionamiento de este importante órgano jurisdiccional, encargado de casos de gran interés nacional por delitos de crimen organizado y corrupción”.

A través de la Resolución Administrativa N° 265-2014-CE-PJ, la instancia ejecutiva del Poder Judicial designó a la doctora María Jessica León Yarango, juez superior titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, como integrante del Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional.

Asimismo, designó a los siguientes magistrados como integrantes del Colegiado “F” de la Sala Penal Nacional: Erazmo Armando Coaguila Chávez (de la Corte Superior de Justicia de Ica), Nelly Gladys Pinto Alcarraz (de la Corte Superior de Justicia de San Martín) e Iván Alberto Quispe Aucca, (de la Corte Superior de Justicia de Puno).

Los jueces superiores que anteriormente conformaban el mencionado Colegiado “F” retornarán a sus cargos jurisdiccionales de origen.

De igual forma, se nombró al doctor Ángel Ernesto Mendivil Mamani, juez penal titular de la Corte de Justicia de Piura, como encargado del 2° Juzgado Penal Nacional y, en adición de funciones, como juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal Nacional.

El término de funciones y designaciones se hará efectivo a partir del día siguiente de publicada la resolución en el diario El Peruano.

El Consejo Ejecutivo del PJ subrayó que esta renovación no deberá generar el quiebre de las audiencias en giro ante la Sala Penal Nacional o ante el órgano jurisdiccional de origen, según corresponda.


Si te interesó lo que acabas de leer, recuerda que puedes seguir nuestras últimas publicaciones por Facebook, Twitter y puedes suscribirte aquí a nuestro newsletter.