Le dijeron no. La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia declaró infundado el pedido de revisión de sentencia solicitado por el etnocacerista Antauro Humala Tasso sobre la condena de 19 años de prisión que le impusiera la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, en setiembre de 2009.
La resolución precisó que no existe contradicción entre la citada sentencia y el fallo que condenó a sus coprocesados por el asalto a la comisaría de Andahuaylas, en enero del año 2005.
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La Sala Penal concluyó que subsiste la condena de 19 años de prisión contra el mayor EP ® por los delitos de rebelión, homicidio simple, sustracción o arrebato de armas de fuego y daño agravado y secuestro agravado, en perjuicio del Estado y de un grupo de efectivos de la Policía Nacional. La toma dejó cuatro agentes muertos.
El tribunal ordenó, además, que se devuelva el expediente al órgano jurisdiccional de origen y se archive definitivamente el cuaderno de revisión de condena.
AUTONOMÍA
“Con esta resolución se afirma la institucionalidad del Poder Judicial. Eso demuestra que no está sujeto a presiones”, sostuvo el legislador Javier Velásquez Quesquén (CP) al comentar la decisión de la Sala Penal.
“Había especulaciones de que esto podría significar un cambio en el tipo de delito para aminorar la pena. Hay que honrar la muerte de los policías, el único identificado es el señor Antauro Humala”, añadió en diálogo con Perú21.
DATOS
- Antauro Humala alegó que es responsable únicamente del delito de rebelión.
- El etnocacerista cumple condena en el penal Virgen de Lourdes de Chorrillos.
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