El Tribunal Constitucional de Alemania declaró inconstitucional la disposición que prohíbe a homosexuales adoptar a un niño que anteriormente fue adoptado por su pareja –adopción sucesiva–, por considerarla violatoria del derecho a la igualdad de trato.
Además, los jueces de la máxima corte alemana consideraron que las parejas homosexuales que viven en una unión legal deben tener en principio el derecho de adopción, por lo que creen que la disposición vigente viola el derecho de igualdad tanto de los hijos como de las parejas.
Las parejas de igual sexo podrían “velar por el bienestar del niño de igual forma que las parejas unidas de forma legal duradera en un matrimonio”, explicó el presidente de la primera cámara del tribunal, Ferdinand Kirchhof.
Según los magistrados, el segundo miembro de la pareja contribuye generalmente al bienestar del niño y a “desarrollar efectos estabilizadores a nivel evolutivo” en el caso de adopción sucesiva. Asimismo, dijeron que la situación legal del niño mejora en materia de alimentos y derecho sucesorio.
Pese a esta derogación, la sentencia no comprende la adopción conjunta por parte de una pareja de homosexuales, una cuestión en la que aún rige un trato desigual.
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