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No se deje sorprender por la publicidad engañosa

El Indecopi también puede sancionar a aquellas empresas que, pese a operar desde el exterior, realizan ventas en el Perú.

FABIANA SÁNCHEZ
fsanchez@peru21.com

“Baje 5 kilos en una semana” es solo un ejemplo de los cientos de comerciales que vemos o escuchamos a diario. ¿Pero qué pasa cuando lo anunciado es totalmente diferente a lo que recibe el consumidor? La empresa puede ser sancionada.

El secretario técnico de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal de Indecopi, Abelardo Aramayo, refiere que para dar cuenta de un anuncio engañoso se puede presentar gratuitamente una queja de carácter informativo.

“Otra opción es la denuncia formal, pero pagando S/.108”, refiere.

DEVOLUCIÓN
Las personas que hayan sido afectadas directamente por la publicidad engañosa pueden acudir al Servicio de Atención al Ciudadano.

A los consumidores también les asiste el derecho de presentar una denuncia formal ante los Órganos de Procedimientos Sumarísimos o ante las Comisiones de Protección al Consumidor.

Se puede solicitar que la empresa haga la devolución del dinero o le otorguen un producto de mejor calidad. La tasa administrativa que debe pagar en este caso es de S/.36.

1. Medio
La publicidad engañosa puede aparecer en televisión, radio, Internet, diarios, afiches, entre otros.

2. Prueba
Para la denuncia necesita pruebas que demuestren que no se cumple con lo que dice la publicidad.

3. Prueba
Para la denuncia necesita pruebas que demuestren que no se cumple con lo que dice la publicidad.

4. Local
Acérquese a las oficinas de Indecopi. Ingrese a http://bit.ly/16yE0ge para encontrar la dirección.

5. Llame
Comuníquese con el Servicio de Atención al Ciudadano llamando al 224-7777 o al 0-800-4-4040.


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