El Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró fundado el recurso de amparo que presentó el parlamentario Javier Diez Canseco contra la suspensión de 90 días de legislatura que le impuso el Congreso por presentar un proyecto de ley que beneficiaba a su familia con un canje de acciones bursátiles.
La decisión judicial considera que “se ha acreditado la violación a su derecho de debido proceso y al honor, se declara nulo el informe final N°13 recaído en el expediente N° 39-2011-2013/CEP-CR y nula la decisión del Pleno”.
El juzgado ordena a la Comisión de Ética Parlamentaria que emita un nuevo informe final y que tenga en cuenta lo establecido en esta sentencia.
INJERENCIA JUDICIAL
Al haber tomado conocimiento del fallo, miembros de la Comisión de Ética del Congreso rechazaron lo que consideraron una injerencia judicial en las normas internas de otro poder del Estado.
Humberto Lay, Michael Urtecho, Juan Díaz Dios y Mauricio Mulder solicitaron que el procurador del Legislativo apele este fallo.
Incluso, Díaz Dios pidió evaluar la posibilidad de convocar al presidente del Poder Judicial, Enrique Mendoza, para que aclare estas resoluciones que “atentan contra la institucionalidad y la autonomía del Congreso”. Mulder afirmó que el fallo es prevaricador porque los legisladores no están sujetos mandato imperativo.
TENGA EN CUENTA
- La jueza Ivette Osorio Espejo, que dictó el fallo, trabajó antes en la CVR y en la Cruz Roja. Sería cercana a Javier Mujica Petit.
CARTAS ACLARATORIAS (añadido el 14/04/2013)
La jueza Ivette Osorio aclaró que estuvo a cargo de los 10 juzgados constitucionales solo en el mes de febrero del año en curso, lapso en el que no se produjo irregularidad alguna. Precisó que, por error del sistema informático de la Corte de Lima, su nombre aún aparece en el sistema como titular del Quinto Juzgado Constitucional. También negó las informaciones respecto a que habría laborado para la Cruz Roja y que sería cercana al asesor Javier Mujica Petit.
Por su parte, Mujica Petit también señaló que no conoce a la jueza Ivette Osorio ni es cercana a ella. Además, indicó que la sentencia proferidad por el 5to Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, en la demanda interpuesta por el congresista Javier Diez Canseco, no responde a otros criterios que a los establecidos en la materia ya por el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humnos.
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