La Sunat informó que ha dispuesto medidas internas respecto a acciones de control y fiscalización que se suman a la prórroga para la declaración mensual y la declaración anual de Renta para aquellos contribuyentes situados en las declaradas zonas de emergencia
La entidad tributaria suspenderá la emisión de órdenes de pago y resoluciones de multa por los periodos comprendidos en la prórroga, entre 45 a 60 días, de plazos de vencimientos mensuales.
También suspenderá las acciones de fiscalización iniciadas, auditorías u otras intervenciones de control, a los contribuyentes afectados por los desastres naturales.
La Sunat, en aplicación de su facultad discrecional, no aplicará sanciones a infracciones contenidas en cualquier norma tributaria en los casos que exista prueba fehaciente de la ocurrencia de hechos por caso fortuito o de fuerza mayor, como es la declaratoria de zona de desastre u estado de emergencia.
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