El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) formalizó el régimen de gradualidad de sanciones tributarias, que permite la rebaja de las multas a las empresas que no cumplen con los plazos vinculados a los aportes por el derecho especial destinado al Fondo de Inversión de Telecomunicaciones (FITEL).
El régimen dispone una reducción de 90% de la multa sí el contribuyente subsana la infracción voluntariamente y efectúa el pago antes de la notificación del requerimiento.
También podría ser del 80% del monto total sí el contribuyente subsana la infracción voluntariamente pero no efectúa el pago de la multa rebajada antes de que surta efecto la notificación del requerimiento.
Explicaron que se rebajará el 60% si el contribuyente subsana la infracción de forma inducida, es decir, luego de que surta efecto la notificación de requerimiento y efectúe el pago, ambos requisitos se cumplirán de manera simultánea dentro del plazo otorgado en el Requerimiento.
La reducción será del 50% si el contribuyente subsana la infracción de forma inducida, es decir, luego de que surta efecto la notificación de requerimiento y dentro del plazo que éste otorgue para la subsanación pero sin efectuar el pago de la multa rebajada.
En este último caso, vencido el plazo de cinco días señalado en el requerimiento sin que el contribuyente haya cumplido con el pago, perderá el acogimiento al régimen de gradualidad.
El directorio del FITEL aprobó la directiva de este régimen el 24 de setiembre del 2013, fue oficializado mediante una resolución ministerial publicada hoy y entrará en vigencia a partir de mañana.
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