Una empresa debe contar con al menos el 5% de trabajadores con discapacidad, independientemente del régimen laboral en el que estos se encuentren. Las entidades que incumplan esta disposición serán sancionadas con S/. 76 mil.
Así lo establece el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad publicado ayer en El Peruano. Según la norma, esto incluye al personal civil de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
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