Las parejas que conviven (es decir, las uniones de hecho) también podrán adoptar a menores de edad que han sido declarados judicialmente en abandono, según la Ley N° 30311, publicada ayer en El Peruano.
[Cerca de 15 mil niños peruanos esperan por un hogar]
Para esto, deberán cumplir nueve requisitos, uno de los cuales es gozar de solvencia moral. También se exige que los adoptantes tengan 18 años más que el niño o adolescente.
La norma también establece que, si un menor en abandono tiene más de diez años, podrá dar su asentimiento a la adopción.
En la actualidad hay 212 familias peruanas que esperan acoger a un menor, pero el trámite legal para declararlos en abandono demora hasta 4 años.
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