19.MAY Domingo, 2024
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TC declara inconstitucional parte de la Ley del Servicio Militar

Tribunal Constitucional solo determinó fundada la demanda contra la multa que debían pagar los jóvenes que hagan caso omiso al llamamiento.

TC declara inconstitucional parte de la ley del Servicio Militar. (USI)
TC declara inconstitucional parte de la ley del Servicio Militar. (USI)

Tras las denuncias de que la norma era discriminatoria, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional parte de la Ley del Servicio Militar, referido sobre todo a la multa que debían pagar los jóvenes que no se presenten al llamamiento tras el sorteo.

[Lee aquí la resolución del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Servicio Militar]

Los magistrados alcanzaron los votos necesarios para declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 78.9 de la Ley 29248, modificado por el Decreto Legislativo 1146.

Con ello, insta al Gobierno a expulsar del ordenamiento jurídico la frase “multa del 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente a la fecha en que se hace efectivo el pago”.

[Ley de Servicio Militar: Admiten a trámite demanda de inconstitucionalidad]

La Ley del Servicio Militar no tiene carácter obligatorio, pero la resolución del TC haría más flexible la norma del Ejecutivo.

PODER JUDICIAL ACLARA
Por su lado, el Poder Judicial aclaró que sigue en curso la demanda principal que busca dejar sin efecto la convocatoria a sorteo público de 12,500 jóvenes para prestar el servicio militar, ya que el Primer Juzgado Constitucional de Lima aún no emite una sentencia sobre el fondo de la causa.

Sin embargo, mientras dure dicho proceso, el Gobierno no podrá realizar el sorteo público, ya que el jueves 22 la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima ratificó la medida cautelar a favor de la Defensoría del Pueblo que suspende dicho procedimiento.

El Poder Judicial sostiene que la citada medida cautelar no resuelve el tema de fondo sobre la demanda de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo. Es decir, el Primer Juzgado Constitucional podrá fallar en dos escenarios: estimar o desestimar la demanda principal.

Cabe precisar que el Decreto Legislativo No 1146, emitido por el Ejecutivo en diciembre de 2012, modificó la Ley de Servicio Militar e instauró la figura del sorteo militar cuando no se alcance las vacantes requeridas.

[Pedro Cateriano: “Sorteo del servicio militar es constitucional”]

La Procuraduría del Ministerio de Defensa adujo que el sorteo no es discriminatorio y que parte de la necesidad de reclutamiento de personal en el Ejército peruano.


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