El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, Javier Villa Stein, explicó esta mañana los tres motivos —el viernes mencionó solo dos— por los que se declaró improcedente el pedido de extradición de Martín Belaunde Lossio, que estuvo a cargo de la Fiscalía y la Procuraduría Anticorrupción.
Primero, tiene que ver con los hechos. El artículo 518 del Código Procesal Penal establece nítidamente que en la descripción de los hechos se tiene que hacer mención expresa de la fecha, lugar, circunstancias de la comisión del delito e identificar claramente a las víctimas.
“En el expediente se habla ‘desde los inicios de la gestión del presidente regional César Álvarez’. Eso es absolutamente vago. La Corte Suprema no hace lo que quiere, sino lo que le obliga la ley”, indicó el magistrado en entrevista con RPP.
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El segundo motivo es que “el tratado bilateral firmado entre Perú y Bolivia sobre extradición establece en su artículo segundo que no se puede extraditar a ciudadano alguno cuyo delito no esté conminado con una pena menor de 2 años. El tipo penal de asociación ilícita para delinquir no supera los 2 años. Nosotros no podíamos hacer una cosa diferente de lo que nos ha puesto el orden jurídico”.
El tercer motivo, según Javier Villa Stein, tiene que ver con el delito de peculado. Explicó que en este caso no procede porque Martín Belaunde Lossio no es funcionario público.
“Con este fallo (declarar improcedente el pedido), el señor Belaunde no podría decir que en el Perú existe persecución política (…) el fallo es un triunfo de la ley, un triunfo de la separación de poderes”, sostuvo.
SE PUEDEN HACER CORRECCIONES
Villa Stein recalcó que el asunto no ha terminado y el expediente de extradición de Martín Belaunde Lossio se puede reestructurar.
“Esto no es cosa juzgada. Nosotros no hemos santificado, beatificado al señor Belaunde Lossio (…) Nosotros (la Sala Penal Permanente) ha dicho que no se dan las condiciones en el expediente. No se cumple con lo que exige la ley”, indicó el juez.
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“Se pueden hacer correcciones (en el expediente de Martín Belaunde Lossio) y volverlo a presentar. Lo tendrían que hacer con una celeridad compatible con el estatus en que se encuentra el señor Belaunde Lossio”, agregó Villa Stein.
El magistrado enfatizó que si se quiere volver a presentar el pedido se tiene que narrar con precisión las fechas, las víctimas. “Está claro, eso sí te tiene que hacer de todas maneras en una carpeta de extradición”, dijo el magistrado tras señalar que otros delitos también podrían ser activados en este caso.
Martín Belaunde Lossio, investigado en el Perú por los casos ‘La Centralita’ y Antalsis, se encuentra con arresto domiciliario en la ciudad de La Paz, Bolivia. La Procuraduría Anticorrupción tiene plazo hasta el 20 de marzo para presentar al Poder Judicial un nuevo pedido de extradición contra el amigo de la pareja presidencial.
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