El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente por unanimidad la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el ciudadano Manuel Romero Daga, solicitando la nulidad del Decreto Supremo que convocó a las elecciones generales del próximo domingo 10 de abril.
En la resolución emitida hoy se puede leer que el Tribunal Constitucional “con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú resuelve declarar improcedente la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Manuel Romero Daga contra el Decreto Supremo 080-2015- PCM, que
convoca a elecciones generales el 10 de abril de 2016”.
TC declaró improcedente demanda contra elecciones
El Tribunal Constitucional recordó que las demandas de inconstitucionalidad, de conformidad con el artículo 77 del Código Procesal Constitucional, proceden contra las normas que tienen rango de ley; leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, reglamento del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución, en la forma o en el fondo.
Por ello, el Tribunal Constitucional sostuvo que en el presente caso la demanda debía ser considerada improcedente porque la norma impugnada es un Decreto Supremo, el cual carece del rango de ley exigido.
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