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El Decreto 005 fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema

Norma del Ministerio de la Producción prohibía que los pesqueros industriales capturen anchoveta hasta las 10 millas más cercanas a la costa del mar peruano.

Pescadores se vieron afectados por Decreto 005. (Ernesto Arias)
Pescadores se vieron afectados por Decreto 005. (Ernesto Arias)

La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad parcial del Decreto Supremo 005 emitido en 2012 por el Ministerio de la Producción (Produce) y que prohibía que los pesqueros industriales capturen anchoveta hasta las 10 millas más cercanas a la costa del mar peruano.

Asimismo, refiere que se ha demostrado suficientemente la ilegalidad en la que ha incurrido el Decreto Supremo 005-2012, en el numeral 2.2 del artículo 2, que establece que la zona comprendida por encima de las 5 hasta las 10 millas es exclusiva para la realización de actividades pesqueras de menor escala.

El fallo considera que el cuestionado decreto es “ilegal al incumplir lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Pesca, pues establece un ordenamiento pesquero que no se ha trazado sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, por lo que no corresponde sino su expulsión dentro de nuestro sistema jurídico”.

Como se recuerda, la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada a inicios de año, la demanda de acción popular contra el Decreto Supremo 005 presentada por la Asociación de Armadores Pesqueros, declarando ilegal el mencionado numeral 2.2 del artículo 2 de dicha norma.

Cabe indicar que el Estado no puede recurrir al Tribunal Constitucional.

Las sociedades pesqueras habían cuestionado ese decreto, pues consideran que no tiene sustento científico y que genera millonarias pérdidas para el sector.

Sin embargo, para la ministra de Producción, Gladys Triveño, la norma tiene como objetivo proteger la sostenibilidad de la biomasa de la anchoveta.


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