Dos días antes de que Elena Aponte fuera asesinada por su pareja estuvo en el despacho de la fiscal provincial de familia del Callao, Ana Cossío. Esta ordenó que el sujeto no se le acercara, pero ello no impidió que la acuchillara en la capilla de un nosocomio chalaco. La doctora Cossío ha analizado el tema de la violencia contra la mujer a profundidad sobre la base de los 14 años que lleva en la Fiscalía del Callao. Ha visto múltiples casos de agresión a mujeres y menores de edad de parte de los varones con los que conviven. Aunque parezca absurdo, muchas veces la mujer golpeada y humillada quiere retirar la denuncia contra el agresor. La dependencia económica y el sojuzgamiento emocional provocan esta aberrante situación. Igualmente, los hijos terminan aceptando el maltrato físico o psicológico contra la mujer porque dependen afectivamente de sus padres, y más adelante repetirán esa violencia vivida en el núcleo familiar. Un sinfín.
La fiscal Ana Cossío señala aquí las incongruencias jurídicas de la legislación vigente. Si a una mujer la agarran a golpes y denuncia, sabemos con certeza que esto ya ocurrió anteriormente. O sea, le han pegado en varias ocasiones porque, entre otros, la violencia se convierte en un hábito, una conducta repetitiva. Esta agresión física puede ser considerada una falta o un delito. Todo depende, aunque sea increíble, de la pericia del médico legista. Si la pareja le dejó el cuerpo con moretones y el médico legista dictamina que le corresponden menos de 10 días de descanso, el sistema jurídico considera esto solo como una falta, y no un delito, aunque verdaderamente lo sea. Se tipifica como delito cuando el descanso médico legal pasa los 11 días. Si una mujer llega al médico legista con magulladuras en el cuello, este no le dará más de 10 días de descanso. Pero hasta el más neófito sabe que si un varón le aprieta el cuello a una mujer es porque la quiere asfixiar. De más está decir que el daño psicológico no es tomado en cuenta.
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¿Qué hacen los fiscales penales cuando llega una denuncia de maltrato a una mujer? El artículo 441 del Código Penal señala que la falta se agrava cuando existen ciertas circunstancias, por ejemplo, que se trate de una menor de edad o que sean hechos de violencia familiar. Supongamos que el fiscal tramita el caso de una mujer golpeada como si fuera un delito –lo que no es usual–, cuando se establece el castigo solo puede darle 80 días de jornadas comunitarias, una pena que corresponde a las faltas. Ante esta incongruencia, la mayoría de operadores de justicia tramitan el agravio físico a una mujer como falta y mandan el caso al juez de paz. Si usted maltrata a un perro, recibirá pena privativa de la libertad no mayor de tres años. Para la justicia peruana, las mujeres somos menos que los animales.
Compare, por favor, la Ley de Protección y Bienestar Animal con la Ley de Violencia contra la Mujer.
La Ley de Protección Animal ha modificado un artículo del Código Penal y agredirlos es ahora un tipo penal. Se sanciona el simple hecho del maltrato al animal, independientemente del grado que este tenga. Yo quiero a mis perritos, pero las sanciones son más fuertes para la crueldad con los animales que con la mujer. El solo hecho de maltratar a una mujer debería tener una pena privativa no mayor de tres años, como ocurre con los animales.
No hay justicia para las mujeres golpeadas, ¿qué se requiere para que esta violencia sea debidamente sancionada?
Lo más importante es que la violencia contra la mujer debe de ser un tipo penal independiente, no sancionarse según la cantidad de días de descanso que califica el médico legista. Que sea un delito específico, que esté en el Código Penal, así como el maltrato animal. Pero está dentro de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, sobre la base de las lesiones que establece el legista. La violencia contra la mujer debe ser sancionada por lo que es: un hecho inaceptable. El fin supremo de la sociedad es la persona humana. No podemos tolerar la violencia contra la mujer y contarla por días de descanso médico. Las penas tienen que ser racionales y de acuerdo a los hechos.
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La ley actual dispone que la Policía informe al juez de familia, quien deriva el caso al fiscal penal. Cuando este ve que el médico legista ha dado menos de 10 días de descanso, lo considera una falta y lo deriva al juez de paz. ¿Cuál es la carga procesal de los juzgados de paz del Callao?
He hablado con el Juzgado de Paz que ve estos casos. Hasta setiembre, su carga es de 3,400 expedientes por faltas, la mitad son contra la mujer en maltrato físico y psicológico. En trámite tiene cerca de 1,000 expedientes. Me refieren que la Fiscalía Penal está derivándole todos los casos que tienen menos de 10 días de descanso señalados por el legista. En circunstancias de violencia contra la mujer debería ser falta agravada y tramitarse en la Fiscalía Penal, no en el Juzgado de Paz.
¿Eso lo establece el artículo 441 del Código Penal?
Sí. Dice que la falta agravada se tramita como delito, no indica que se vuelve delito…
Vaya sutileza…
No es claro. La falta agravada sigue siendo falta. Pero los fiscales penales razonan así: la falta se sanciona con 80 jornadas comunitarias. Si lo reconoce como delito por ser falta agravada, la legislación impone la misma sanción, trabajo comunitario. Entonces, para el fiscal penal no tiene sentido pasarlo como delito. Además, se incrementa su carga procesal. Los fiscales también sostienen que muchas mujeres vienen a retractarse y dicen que se han amistado, aunque el proceso no puede detenerse. Por eso se requiere una óptica de género para comprender a la víctima.
Preocupante, ¿no?
A mí lo que me preocupa son los casos donde las lesiones no pasan de 10 días de descanso, que son la mayoría. Son empujones, las cachetadas, los jalones de pelo. Ello se debe a que los fiscales están calificando sobre la base de lo que dice el médico legista.
¿La legislación actual tolera la violencia contra la mujer?
Por supuesto. El hombre que le pega a una mujer a quien el legista le da menos de 10 días es un faltoso, no es un delincuente. Eso es una tolerancia del Estado. Además, la facilita, no la detiene, porque les dan 80 jornadas y nadie controla si las hacen o no…
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¿Por qué?
Está a cargo del INPE y son muchísimos casos. No se hace seguimiento, no se cumple.
¿Los operadores judiciales están preparados para tratar la agresión contra la mujer?
No. El sexo no importa, se requieren jueces y fiscales especializados en perspectiva de género, porque tienen que analizarse las circunstancias que encierra esta agresión contra la mujer. En el Callao se ha creado un Juzgado de Violencia Familiar que tiene solo un abogado, dos técnicos y cinco personas más entre la psicóloga, la asistenta social, etc. Pero quien ayuda al juez a dictar las medidas de protección es el abogado. En un mes, ese juzgado ha recibido 400 denuncias de violencia familiar. Hay 400 pedidos de protección. Son muchos los casos. Se hacen cosas, pero no bien.
¿Y en Lima cuántos juzgados de violencia familiar hay?
Hay 20 juzgados de familia y solo 2 especializados en violencia contra la mujer. Mire, cuando se tiene la perspectiva de género se entiende más esta violencia. La joven de Ayacucho, Arlette Contreras, que fue perseguida por su pareja que estaba calato. Este alega que era dama de compañía, y dígame si esto justifica que la golpeen y la masacren como vimos. A mi despacho llegó la primera pareja del hombre que le pegó a Lady Guillén.
Quiere decir que el sujeto es reincidente en violencia…
Sí. Luego de unos días, la señora me presentó un escrito donde me agradecía pero me decía que no denunciaría al hombre porque era el padre de sus hijos. El sujeto le pegó a Lady y también a su tercera pareja. Por eso le digo que hay que entender las circunstancias de la víctima.
Con la nueva Ley de Violencia Familiar, la Policía deriva los casos al juez de familia, anteriormente llegaban a la Fiscalía de Familia. ¿Fue acertado el cambio para los casos con menos de 10 días de descanso?
No, los perjudica. Para mí, la anterior ley era mejor; claro, requería modificaciones, pero actuaban los fiscales penales y los de familia. El fiscal hacía el seguimiento del caso. El juez no tiene esto dentro de su función, no visita las comisarías para ver si hay retrasos. Antes las fiscalías de familia recibíamos denuncias de violencia contra la mujer, ahora no, van al Juzgado de Familia. La ley actual se promulgó el 25 de noviembre del 2015, el Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer.
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La mayoría de los ataques contra mujeres llegan al Juzgado de Paz. Aparte del trabajo comunitario, ¿se indica terapia psicológica?
No. A veces el Juzgado de Familia lo dispone como medida de protección, pero la pena que dispone un Juzgado de Paz, donde van los procesos por faltas, son las jornadas de trabajo. Ahí la sentencia demora un año aproximadamente. Con la anterior legislación, tuve un caso de maltrato psicológico y no tenía pruebas para demandar. Archivé el caso y dispuse terapia como prevención porque el psicólogo informó que no había violencia pero sí conflicto, y sabemos que de este viene la violencia. La señora fue a mi despacho y le pregunté qué tal la terapia, me respondió: “Ahora hablamos”. Me impresionó y le dije: “¿Te imaginas lo que te habrías ahorrado si hubieras puesto tu denuncia hace 2 años”. Ella respondió: “Hace 10 años”. O sea que desde el inicio de su matrimonio había sido violentada. La terapia psicológica es necesaria.
¿La violencia psicológica es la última rueda del coche?
Es invisible. Además, el Instituto de Medicina Legal aún no tiene una guía para medir el daño psíquico. Esas denuncias no se pueden procesar. Los fiscales y los juzgados de paz están archivando la denuncia de violencia psicológica. Con la ley anterior, podíamos enviar estos casos a terapia y pedir una reparación civil, ahora ya no. La violencia psicológica va mermando la autoestima de la mujer, incluso va contra la economía porque afecta su productividad laboral.
Vamos a los casos. Vimos un video en Los Olivos, una mujer con sus dos hijas es abordada por el padre que la empuja, la jalonea, y las niñas la defienden…
Si ella denuncia y el legista le da menos de 10 días, va al Juzgado de Paz y la pareja tendría 80 días de trabajo comunitario. Yo propondría un tipo penal…
Todos no pueden ir a la cárcel…
No necesariamente. Si el tipo penal fuera violencia contra la mujer, se graduaría la pena de acuerdo a las lesiones que cause. Por ejemplo, dos años de pena privativa de la libertad o menos. No es la primera vez que la pareja la violenta. Tenemos que entender que la víctima piensa que tiene la culpa de lo que le pasa, de la agresión que recibe. Por eso tolera la violencia. Además, el sistema desanima. La comisaría la hace esperar horas. Acá para pasar una evaluación psicológica en el legista se hace cola desde las tres de la mañana.
¿Disuadirá a los agresores?
La prisión preventiva por 24, 78 horas o más disuade. Mire lo ocurrido con la agresión a la Policía. Una condena fuerte detuvo este delito. Además hay otras medidas.
¿De su experiencia, cuáles son los sentimientos de la mujer?
A veces la víctima regresa con el agresor porque no tiene quién le pague la casa y mantenga a los hijos. También estos le dicen a la madre que no quieren estar sin su papá. Es delicado, hay lazos de amor que se quiebran por la violencia, pero los niños no entienden eso.
“LE FALTA SENSIBILIZACIÓN Y PREPARACIÓN A LA POLICÍA”
¿Se ha probado algún caso de feminicidio?
Es muy difícil probar el feminicidio. La ley fue tomada de México, donde las mujeres vinculadas a la violencia terminaban descuartizadas, mutiladas. Es evidente que hay un ataque por el hecho de ser mujer. Acá el asesino puede alegar celos, un exceso de amor, para matar a su pareja. ¿Cómo probar que mató o agredió por su condición de ser mujer? Por eso, los fiscales prefieren denunciar por lesiones o por tentativa de homicidio. No es una ley fácil de aplicar. Se puede probar cuando hay mensajes, pruebas objetivas, pero la pena no es tan severa.
La señora Milagros Rumiche no puede litigar por tentativa de feminicidio…
Si tiene mensajes, pruebas, sí. No basta su testimonio. El fiscal puede hacer la denuncia y lo hace, pero debe demostrarlo en el juicio. Los jueces se ven maniatados.
El asesinato de una joven de 15 años en Ayacucho víctima de violación grupal es inédito en el país.
Durante la época del terrorismo, hubo violaciones grupales. Pasado ese periodo, es un único caso en el país.
Dos jóvenes denunciaron violación en ese mismo local, fueron a la Policía…
Hay una tolerancia fuerte frente a los delitos contra la mujer. Pueden ser tantas cosas, flojera, mucha carga, falta de vigilancia del comisario. Cuando uno va a la comisaría de la familia, nunca están. El personal hace lo que quiere. Se debió presentar la denuncia ante el fiscal penal o de familia. A la Policía le falta sensibilización y también preparación. En la Fiscalía, las denuncias entran por mesa de partes y tienen su orden, no se priorizan las de violación o violencia.
CARTA A LA PRESIDENTA DEL CONGRESO POR MARIELLA BALBI
Congresista Luz Salgado, escribo esto a nombre de todas las víctimas de la violencia contra la mujer. La ley de violencia familiar que el Congreso modificó en noviembre del 2015, seguro con buena intención, no sirve. La razón es simple: la agresión a una mujer está dentro de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud. No es un delito independiente, como debería serlo. Los perros, los gatos y los animalitos gozan de mayor protección legal que nosotras las mujeres.
Urge una revisión rápida de esta ley y solo el Congreso lo puede hacer. Tipificar el ataque físico y psicológico contra las mujeres es el primer gran paso. Quienes son golpeadas no tendrán que someter su desgracia al dictamen del médico legista, quien, por exceso de trabajo o por un patrón cultural, suele ser tolerante a la violencia física.
Esta equivocación no ha sido notada por el Congreso anterior y solo se advierte conversando con los operadores de justicia, llamándolos, consultándoles. Por supuesto, se trata de hablar con quienes tienen una mirada de género y comprenden la compleja situación de una mujer violentada. Hay que elaborar una suerte de mapa de la ruta que sigue una denuncia por agresión física y psicológica.
Al hacer esto las agredidas caerán en el purgatorio de las faltas, porque si el médico legista dictamina menos de 10 días de descanso, el golpe y el abuso serán tan solo una falta. Inaceptable. Tiene este Congreso una oportunidad de elaborar, con celeridad, una buena ley, que sirva, que proteja a la mujer golpeada. No la deje pasar. Este flagelo diario y recurrente no desaparecerá, pero una adecuada legislación sancionará debidamente y frenará, sin duda, la desgracia que vivimos solo por el hecho de ser hijas de Venus.
Hagan historia.
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