La Sunat detectó que existe un gran número de empresas dedicadas a brindar espectáculos públicos que evade el pago del IGV.
“Un 50% presenta un bajo IGV por pagar respecto de las ventas gravadas, lo que no guarda relación con el número de entradas emitidas que verificamos permanentemente”, indicó en un comunicado.
MANO DURA
Para combatir a estos infractores y reducir los niveles de evasión, la superintendencia anunció que implementará más acciones de fiscalización.
En ese sentido, emitió un proyecto de resolución que regula la aplicación del sistema de detracciones (pago adelantado del IGV) a los espectáculos públicos no deportivos, en vivo y que estén gravados con el impuesto general a las ventas, como los conciertos de música en vivo, obras teatrales, entre otros.
La norma establece que la tasa de detracción para esas actividades será de 9% sobre el importe de la prestación del servicio (espectáculo) y el costo de las ventas de las entradas o boletos al evento.
Asimismo, indicó que están obligados a efectuar ese pago adelantado tanto los promotores del espectáculo, como la empresa encargada de vender los tickets por encargo del organizador de la función.
DATO
- Excepción
No serán incluidos en la detracción los conciertos de música clásica, circo o folclore nacional.
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