Finalmente, el Gobierno promulgó la Ley del Contrato de Seguro, norma que prohíbe, por primera vez, el cambio unilateral de las condiciones de una póliza, durante su periodo de vigencia, sin el consentimiento previo del asegurado.
Esta regulación es una iniciativa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y fue aprobada por el Congreso el 11 de octubre pasado, ante la oposición de las empresas del sector.
Para el ente regulador, uno de los aspectos más importantes de esta ley es que en los casos en los que haya controversia entre el asegurado y una empresa se considerarán válidas las estipulaciones que favorezcan al consumidor.
Por ejemplo, si una compañía decide variar una póliza, deberá antes otorgar un plazo de 30 días al beneficiario para que analice los cambios. Si el usuario no está de acuerdo, ello no será causa para que se dé fin al contrato y la aseguradora deberá continuar con la cobertura tal como fue diseñada inicialmente.
SE PUEDE ARREPENTIR
Otro aspecto de esta norma es que establece la posibilidad de anular un seguro transcurridos 15 días después de la adquisición.
“Si el tomador resuelve el contrato, el asegurador deberá devolver la prima recibida”, indica el texto publicado.
Asimismo, se crea el principio de “rehabilitación del seguro” cuando el asegurado se haya atrasado en los pagos.
De esta forma se le da la posibilidad al asegurado de continuar con la cobertura tras ponerse al día.
En los textos de los contratos de seguros, la Superintendencia ha identificado ocho cláusulas y cuatro prácticas a las que denomina ‘abusivas’ (artículo 41 de la ley).
El regulador asegura que, a partir de ahora, estarán prohibidas y serán sancionadas.
Entre los aspectos observados figuran la determinación de pérdida o caducidad de los derechos del asegurado en caso de violación de leyes, de límites a la libertad de elección de compañía proveedora y de plazos de prescripción que no se adecuen a la ley.
DATOS
- Busque justicia
No se podrá prohibir ni restringir el derecho del asegurado a someter una controversia a la vía judicial.
- Renovación automática
Si el seguro que compró lo permite, debe saber que la empresa tiene un plazo de 45 días antes del vencimiento del contrato para notificarle si hará cambios en la póliza.
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