César Landa,Expresidente del TC
Autor: Ricardo Monzón K.
rmonzon@peru21.com
Los organismos constitucionales autónomos del Estado tienen roles distintos que le permiten aunando sus facultades establecer el sistema jurídico nacional. La superposición de sus competencias configura una ilegalidad que debe ser sancionada. César Landa está convencido de que el Tribunal Constitucional (TC) ha traspasado su campo de acción.
No es la primera vez que se desautorizan dos instituciones del Estado…
El modelo que la Constitución consagra es de división de poderes entre organismos públicos y autónomos. Es cierto que también se cumplen funciones de control judicial o constitucional, siempre y cuando se respete la reserva del contenido funcional mínimo que tiene, porque el TC puede declarar inconstitucional una ley, pero no puede aprobar una ley. Se pueden controlar los actos administrativos que emite el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) pero no se puede sustituir las funciones que la Constitución le otorga.
¿Bajó algún argumento el TC puede destituir a dos fiscales supremas, como ha sucedido?
Eso constituiría una infracción o un fraude a la Constitución, porque la destitución o remoción de fiscales supremos está prevista en la Constitución y le corresponde al CNM. De modo tal que no habría ninguna competencia del tribunal, dado que la Constitución señala que solo puede declarar inconstitucional las leyes o pronunciarse sobre habeas corpus de amparo.
¿Y entonces por qué lo hizo?, ¿ha usurpado funciones?
Eso se lo deberíamos preguntar a los tres magistrados. Ellos sabrán las razones por las cuales han suscrito, pero los principios constitucionales señalan que no les compete y el TC siempre ha actuado bajo esos márgenes de respeto al equilibrio de poderes y al control sin los excesos que pudieran quebrantar el orden constitucional. Se estaría presentando una figura de infraccion a la Constitución que da lugar a una acusación constitucional de los ciudadanos o de las autoridades.
Lo cierto es que el CNM presentará una acusación penal y otra constitucional contra los tres magistrados ante el Congreso y la Fiscalía de la Nación.
El CNM sabrá las medidas que corresponde tomar para guardar la institucionalidad constitucional y legal del país, pero que de 7 magistrados, tres votos definan lo que es una decisión constitucional, y más aún con una naturaleza totalmente polémica, desde ya resulta bastante cuestionable la legitimidad y legalidad de esta medida.
De proceder las denuncias, ¿qué podría pasarles a los magistrados?
Si han violado la ley, de acuerdo con el marco de la Constitución y el reglamento del Congreso, debería formarse una comisión dentro de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para que investigue la naturaleza de esta sentencia y emita un informe que podría llegar a la Comisión Permanente y luego al Pleno del Parlamento. La sanción puede ser la suspensión, destitución, o amonestación.
El Parlamento, al no haber designado a los nuevos miembros del TC, ¿tiene responsabilidad?
Debe conducirse al TC hacia un recambio de las autoridades que ya han vencido su mandato y están en una situación de inestabilidad o desequilibrio, de salir o no salir, y que también, en parte, está generando este tipo de medidas arbitrarias o contrarias a los mandatos de la Constitución. El Parlamento tiene una grave responsabilidad en esta falta que ha cometido este grupo de magistrados.
¿A qué atribuye esta demora en la elección?
La lamentable crisis que hay de la representación parlamentaria, que es la expresión de los partidos políticos, en los que los líderes, normalmente, contribuyen en la falta de conducción de sus bancadas parlamentarias para llegar a acuerdos democráticos que respeten la voluntad soberana que tiene la Constitución. Si los líderes se sentaran a conversar habría esos acuerdos que se expresarían en el Parlamento, pero vemos que hay congresistas que buscan tener en el TC a representantes de sus intereses partidarios antes que representantes de los intereses de todos.
¿En cuánto tiempo cree que se llegará a un consenso sobre los miembros del TC?
La ciudadanía dio el año pasado una muestra de civismo (en el caso de la repartija) que permitió que se deshiciera lo que estaba mal hecho. En esta portunidad me parece que la ciudadanía debería exgir al Congreso que se ponga de acuerdo en candidaturas que tengan transparencia, una vocación democrática y ética y no parcializada. De lo contrario, parece que la acción del Congreso no permite que el TC funcione de manera autónoma.
¿Cree que el fallo del TC es un golpe de Estado, como lo dijo Pablo Talavera?, ¿se está quebrantando la democracia?
Son calificativos, este fallo del tribunal constituye una decisión arbitraria porque no tiene ningún sustento legal. Hay un exceso perjudicial para la democracia, este tipo de medidas daña la democracia, evidentemente.
AUTOFICHA
- César Landa Arroyo nació el 15 de junio de 1958. Fue designado por el Congreso magistrado del Tribunal Constitucional el 16 de diciembre del 2004.
- El 4 de diciembre del 2006 el Pleno del TC lo eligió presidente. Además de ser doctor en Derecho, es master en Administración Pública.
- Profesor de la PUCP y de la UNMSM. Es doctor Honoris Causa por cuatro universidades del Perú y en la actualidad es decano de la Facultad de Derecho de la PUCP.
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