Las empresas que se encuentren dentro del régimen general, con más de 20 trabajadores el año pasado, deben realizar el pago de las utilidades en un periodo no mayor a los 30 días naturales a partir del vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del periodo 2015 (en el cronograma de Sunat es entre el 23 de marzo y el 7 de abril del 2016), según lo informado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Entre marzo y abril los trabajadores que están en planillas tienen derecho a recibir utilidades por las ganancias que generó su empresa en 2013.
En febrero, los agentes económicos elevaron a S/.2.55 su expectativa para el tipo de cambio en 2013, según una encuesta del Banco Central de Reserva (BCR).
José Carlos Reyes,Mis.Finanzas jreyes@peru21.com
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