Fabiana Sánchez
fsanchez@peru21.com
Si usted renuncia o lo despiden de su trabajo, tiene derecho a recibir una liquidación por el tiempo que laboró en la empresa.
El abogado del Ministerio de Trabajo Jorge Guevara señala que para el cálculo se debe considerar cuál era su sueldo, si trabajó horas extras, si la empresa tenía beneficios laborales pendientes de pago, entre otros factores.
En tal sentido, refiere que para tener una aproximación de cuánto le corresponde puede acercarse a las oficinas del ministerio. Aquí encontrará las direcciones de las oficinas en las ciudades del país.
“Hay casos en los que a una persona le corresponde S/.1,000, pero la empresa le da solo S/.500. Por eso es importante hacer la consulta”, indica.
PRUEBA
Guevara explica que si el monto que pretende pagarle la compañía difiere del cálculo del ministerio, el trabajador tiene derecho a llevar su caso hasta el Poder Judicial.
“Nosotros le damos una hoja de liquidación firmada por un liquidador que podrá ser presentada como prueba en el juicio”, anota.
CINCO CONSEJOS
1. Atento
Este trámite está dirigido solo a los extrabajadores del régimen laboral de la actividad privada.
2. Papel
En el ministerio tiene que presentar la carta de renuncia debidamente sellada por el exempleador.
3. Copia
Es necesario que lleve el original o una copia del contrato que firmó cuando ingresó a la empresa.
4. Carta
Si lo echaron del empleo, lleve la carta de despido o el acta de verificación de despido arbitrario.
5. Boleta
El Ministerio de Trabajo le pedirá las boletas de pago que le fueron entregadas por su exempleador.
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