La Sunat informó que los contribuyentes que tengan domicilio fiscal en alguna de las localidades declaradas en estado de emergencia contarán con prórrogas que van entre 45 y 60 días en los plazos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, desde la fecha de publicación de la declaratoria.
Dicha decisión se da frente a los desastres naturales que vienen sucediendo en diversas partes del país. De esta manera se busca apoyar a los damnificados, señaló la Sunat.
“Esta medida, que es ejecutada desde el año 2007, busca que aquellos contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, no se vean afectados por posibles sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones”, agregó la superintendencia.
Asimismo, cabe resaltar que en lo que va del año, el Gobierno Central ha declarado en emergencia los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Ancash, Cajamarca y La Libertad, así como algunas provincias y distritos de Ica, Lima, Huancavelica y Arequipa.
Los contribuyentes de dichas zonas cuentan con la facilidad de una prórroga de su vencimiento, para cumplir con obligaciones como en el caso de la declaración anual del Impuesto a la Renta.
Además, podrán conocer su nueva fecha de vencimiento mensual o de la declaración anual 2016, ingresando al siguiente enlace , en el cual aparece un reporte personalizado del cronograma de vencimientos.
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PPK: "Estamos considerando declarar en estado de emergencia a Lima" https://t.co/OeBnRFiMHr pic.twitter.com/2rMyXUHFUp
— Diario Perú21 (@peru21noticias) 17 de marzo de 2017
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