25.NOV Lunes, 2024
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SBS aprobó la Renta Vitalicia Escalonada

Jubilados de las AFP contarán, desde hoy, con una nueva opción de mayor liquidez y flexibilidad.

Crece la gama. Afiliados contarán con más productos previsionales. (USI)
Crece la gama. Afiliados contarán con más productos previsionales. (USI)
Katherine Maza

Katherine Maza

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la Renta Vitalicia Escalonada, una nueva modalidad de pensión mediante la cual el afiliado podrá obtener un ingreso mayor en los años que él crea que será su horizonte de vida, informó la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg). Con ello, los jubilados podrán cubrir mejor sus gastos en los primeros años o guardar una parte de su renta para una inversión futura.

Asimismo, la característica principal de esta renta es que está compuesta por dos tramos de periodo de pensión. El primero, cuya duración podrá ser elegida por el afiliado, basado en un número de años, y el segundo, que podrá ser equivalente al 50% o al 75% de la pensión recibida en el primer tramo y según la duración vitalicia del afiliado.

No obstante, las condiciones de oferta de este producto serán determinadas por las empresas de seguros que ofrecen rentas vitalicias en el sistema privado de pensiones (SPP) peruano.

OTRAS CARACTERÍSTICAS
La Renta Vitalicia Escalonada se ofrecerá en soles y dólares, y será ajustada en función de una tasa (2% anual); además, los tramos de las pensiones serán determinados por la empresa aseguradora.

En caso de fallecimiento del afiliado, la resolución señala que se generarán pensiones de sobrevivencia en ambos tramos de la pensión, conforme a los porcentajes establecidos por la ley y en función del tramo de renta en donde se haya producido el fallecimiento del afiliado.

DATOS

  • La Resolución SBS N°2789-2016, mediante la cual se aprobó la Renta Vitalicia Escalonada, entra hoy en vigencia.
  • Con la Renta Vitalicia Escalonada, las pensiones en el Perú continuarán inafectas al Impuesto a la Renta (IR) y los jubilados conservarán los beneficios tributarios que hoy tienen.
  • Las aseguradoras inscritas para el otorgamiento de rentas vitalicias que deseen ofrecer esta modalidad de pensión deberán informarlo ante la SBS y solicitar su inscripción.

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