Katherine Maza
El Gobierno oficializó la reducción del Impuesto General a las Ventas (IGV) en un punto porcentual, mediante el Decreto Legislativo 1347, publicado este sábado en el diario oficial El Peruano. De esta manera, la tasa pasará de 18% a 17% a partir del próximo 1 de julio.
No obstante, la vigencia del decreto legislativo y de la reducción de la tasa dependerá de que la recaudación anualizada al 31 de mayo del 2017, neto de sus devoluciones internas, sea equivalente al 7.2% del Producto Bruto Interno (PBI); de lo contrario, permanecerá en su nivel actual.
Medida en duda
Perú21 conversó con el economista Pablo Secada, quien sostuvo que, en primer lugar, la meta de recaudación que propone el decreto –a su parecer– ha sido determinada para que la crítica que recibe el Ejecutivo respecto al tema fiscal por la reducción del impuesto no sea tan marcada.
En segundo lugar, señaló que si bien la reducción fue aprobada con el fin de formalizar a las empresas, no se va a percibir un impacto significativo. “Tendríamos que estimar el impacto del conjunto de medidas que ha dado (el Ejecutivo); sin embargo, el MEF no lo ha hecho, debió hacerlo… creo yo”, indicó Secada.
Agregó también, en relación a las medidas que implementa el Estado, que existe un problema con la calidad del gasto, la cual es deplorable.
“Una reducción del IGV equivale a quitarle recursos al Estado, los cual está bien porque cuenta con recursos suficientes y se malgasta”, añadió.
Es por ello que sugirió mejorar la calidad del gasto, no solo en infraestructura, sino en compras, recursos humanos, etc. “No hay (medidas) nada grande, salvo el tema de la infraestructura y lo social”.
Por su parte, el economista Juan Mendoza señaló que el lado positivo de la medida es que la reducción no ha sido inmediata y considera las críticas de los muchos economistas que no veían algún sustento técnico en la reducción.
El lado negativo; sin embargo, es el hecho de que el Ejecutivo sigue con la propuesta y entre los decretos aprobados está el de la amnistía a la repatriación de capitales, la cual incrementará la recaudación, pero por una única vez.
“Digamos se cumpla la meta (de recaudación) de 7.2% del PBI, pero ello será porque se han repatriado capitales y será una sola vez, no se va a repetir, y si en ese momento se baja el IGV faltará plata para el siguiente periodo”, explicó Mendoza.
Asimismo, agregó que si bien el supuesto beneficio de la medida es formalizar, resulta difícil de creer que las empresas y personas se formalizarán. “Yo no veo cuál es el argumento lógico ni el sustento empírico, en qué lugares, en qué países, cómo así una reducción en el impuesto al valor agregado ha generado más formalización”, puntualizó.
Sabía que…
- El decreto modifica también la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el cual se reduce 1% a partir del 1 de enero del 2017.
- La reducción del IGV es una de las medidas más destacadas del gobierno. Se considera que ampliará la base tributaria e incentivará la formalización.
- La tasa del IGV incluye el Impuesto a la Promoción Municipal (IPM), el cual es actualmente 2%.
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