Se publicó ayer el Decreto Legislativo N° 1177, que establece el régimen de promoción del arrendamiento para vivienda.
De esta manera, las personas de bajos recursos económicos y segmentos medios podrán adquirir un inmueble bajo las modalidades de alquiler-venta y leasing.
[Ollanta Humala promulgó decreto para acceder a viviendas sin pagar cuota inicial]
MODALIDADES
Para comprender la norma hay que considerar que esta se aplica específicamente al alquiler de inmuebles destinados a la vivienda y a los contratos que implique.
Para ello se debe entender por vivienda una edificación independiente o parte de un multifamiliar, incluyendo estacionamientos de vehículos o depósitos.
Con la norma se crean, además, los formularios para el alquiler, alquiler-venta y leasing inmobiliario, que incluirán contratos en los que se establecerán los términos y condiciones, derechos y obligaciones del propietario y el inquilino.
El sistema de alquiler-venta está dirigido principalmente a las constructoras, las cuales pactarán con el inquilino un precio por la vivienda y una cuota: una parte a manera de alquiler y la otra acumulativa hasta reunir la cuota inicial. Al llegar a ese monto, el comprador podrá acceder a un crédito hipotecario o Mivivienda y favorecerse del bono del buen pagador para adquirir el inmueble que está ocupando.
El sistema del leasing está dirigido a las entidades financieras, propietarios de la vivienda; funciona igual que el alquiler-venta, pero ayuda a quienes no cuentan con historial crediticio, como los independientes con ingresos irregulares.
BONO DE BUEN PAGADOR
La política del bono del buen pagador consiste en una ayuda económica directa no reembolsable otorgada a quienes accedan al crédito Mivivienda o al financiamiento del Fondo Mivivienda.
Con la norma, el valor del bono estaría entre los S/.12,500 y S/. 17,000, según el valor de la vivienda.
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