Pese al retroceso de Perú en el Ranking de Competitividad Mundial 2014, al caer del puesto 43 al 50 de un total de 60 países, el Congreso podría aprobar nueve proyectos de ley que afectarían la institucionalidad, el entorno macroeconómico y la eficiencia del mercado laboral, alertó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
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En el reporte del Semáforo de la Competitividad del período enero-marzo del 2014, el gremio empresarial sostiene que seis iniciativas legislativas inciden desfavorablemente en las instituciones, otras dos afectan el entorno macroeconómico y una la eficiencia del mercado laboral.
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La CCL advierte que se pretende modificar el proyecto de ley 3182 del Código Penal, que no reconoce como delitos de extorsión a la toma de locales, el bloqueo de las vías de comunicación y la interrupción del funcionamiento de los servicios públicos, con lo cual se atentaría contra la seguridad ciudadana y se elevarían los costos de las empresas para enfrentar el crimen y la violencia en el país.
También se ha detectado al proyecto de ley 3171 que, si se aprueba, restablecería de manera inmediata la autonomía técnica, administrativa, económica, financiera, presupuestal y contable de Essalud, pues la exceptuaría del Fonafe.
“La propuesta busca excluir a Essalud de todo sistema de administración pública sin antes haber realizado un proceso de reorganización total de dicha entidad. Eso es grave si se considera los problemas de gestión que esta institución arrastra desde hace varios años”, dijo César Peñaranda, director ejecutivo del Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la CCL.
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PROYECTOS ÁMBAR
Asimismo, el IEDEP emplea el color ámbar para los proyectos de ley que tienen una sustentación insuficiente, que no permite identificarlos como favorables o desfavorables para la competitividad.
Entre enero y marzo de este año, se han identificado seis iniciativas con un efecto ambiguo sobre la competitividad y dos relacionados al sistema tributario.
Asimismo, existe el proyecto que busca modificar la Ley 28461 que permitiría el uso del 80% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en la cancelación de créditos hipotecarios o Mi Vivienda.
Para el IEDEP esta ley sería viable solo si dicho 80% se calcula sobre el excedente del monto de intangibilidad definido por ley (seis meses en la actualidad). De no ser así, la persona quedaría desamparada en caso resultara desempleada lo que podría afectar la Sostenibilidad Social.
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