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Rechazan hábeas corpus por muro que divide La Molina y Villa María del Triunfo

Comuna construyó el cerco perimétrico como parte de un proyecto de un parque ecológico.

Juez desestimó recurso legal pues
Juez desestimó recurso legal pues "en las partes altas no existe tránsito peatonal". (Renzo Salazar)

El Poder Judicial declaró infundado el hábeas corpus interpuesta contra el alcalde de La Molina, Juan Carlos Zurek, por la presunta vulneración del del derecho al libre tránsito.

Esta acción legal fue presentada por el ciudadano Carlos Hinostroza Rodríguez el 6 de junio a raíz de la construcción de un cerco de 4.5 kilómetros de longitud en la zona limítrofe de La Molina y Villa María del Triunfo.

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El juez Carlos Ccallo Chirinos consideró que la construcción y presencia de este cerco resulta razonable, justificada y constitucional.

“En las partes altas no existe tránsito peatonal de Villa María hacia La Molina y viceversa; menos tránsito vehicular”, suscribe la sentencia.

Según explicó la comuna, el único propósito de esta valla es el de preservar un área intangible que la Superintendencia Nacional de Bienes cedió al distrito para la construcción de un parque ecológico.

Esta obra está siendo evaluada por la comisión organizadora de los Juegos Panamericanos 2019, como una posible sede para la prueba de ciclismo de montaña.

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