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Ciudadanos extranjeros con hijos peruanos podrán permanecer en el Perú

Pero deberán obtener el Permiso Temporal de Permanencia (PTP), válido por 1 año, para regularizar su situación migratoria en el país.

Ciudadanos extranjeros con hijos peruanos podrán permanecer en el Perú. (USI/Referencial)
Ciudadanos extranjeros con hijos peruanos podrán permanecer en el Perú. (USI/Referencial)

El Gobierno publicó hoy un decreto supremo que permitirá a los ciudadanos extranjeros que son madres o padres de hijos de nacionalidad peruana —menores de edad o mayores de edad con discapacidad permanente— obtener el Permiso Temporal de Permanencia (PTP) para regularizar su situación migratoria en el país.

La norma, propuesta por la Superintendencia Nacional de Migraciones, posibilitará a estas personas, que actualmente se encuentren en una situación irregular, seguir brindando apoyo material y emocional a sus hijos peruanos.

Estos ciudadanos extranjeros, particularmente las madres, se encuentran en situación de vulnerabilidad porque para regularizar su situación migratoria dependen de su pareja de nacionalidad peruana y, ante una situación de abandono, separación o maltrato, están expuestas a ser apartadas de sus hijos.

Para tramitar el PTP, la madre o padre extranjero debe haber ingresado legalmente al país, encontrarse en situación irregular debido al vencimiento de su autorización de permanencia o residencia, o estando en situación regular opten por el referido permiso. Asimismo, no deberán tener antecedentes policiales, penales o judiciales a nivel nacional o internacional.

Migraciones otorgará el citado permiso por el plazo de un (1) año, el cual podrá ser prorrogado automáticamente; y le permitirá al beneficiario trabajar formalmente en el territorio nacional, en el marco de la legislación peruana.

La solicitud del PTP podrá ser presentada en un plazo de 120 días hábiles, computados a partir del 02 de febrero del presente año, en las oficinas de Migraciones en todo el país.

Otorgamiento de residencia

En su disposición complementaria final, el Decreto Supremo Nº 001-2017-IN, establece que se entregará automáticamente la residencia al ciudadano extranjero madre o padre de hijos peruanos, que acrediten haber sido víctimas de violencia familiar o se encuentren con medidas de protección dictadas por actos de esa naturaleza.

El objetivo es proteger los derechos fundamentales de los menores de edad peruanos y, sobre todo, contribuir a que la madre o padre extranjero continúe atendiendo las necesidades de sus hijos, eliminando toda normativa migratoria que afecte o agrave la situación de vulnerabilidad, tanto del progenitor como del menor.

El citado decreto lleva la firma del Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y es refrendado por el ministro del Interior, Carlos Basombrío.

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Migraciones