El Congreso de la República publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano la ley que amplía de 2 a 15 años el plazo de prescripción para reclamar derechos derivados de juicios por alimentos, a fin de proteger el derecho de los menores a recibir una manutención de sus padres.
[Congreso amplía a 15 años el plazo de prescripción de juicios por alimentos]
La Ley N° 30179 modifica el inciso 4 y adiciona el inciso 5 al artículo 2001 del Código Civil.
Al modificarse el inciso 4 se establece que los plazos de prescripción prescriben, salvo disposición diversa de la ley, a los dos años la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes de incapaces derivadas del ejercicio del cargo.
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Asimismo, se adiciona el inciso 5, disponiéndose que el plazo de prescripción culmine a los quince años, cuando la acción proviene de pensión alimenticia.
La norma lleva la rúbrica del presidente del Congreso, Freddy Otárola Peñaranda; y del vicepresidente del Parlamento, Luis Iberico Núñez.
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