La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, anunció esta mañana que presentará un hábeas corpus para buscar obtener la libertad de su padre, Alberto Fujimori, quien hace poco fue ingresado a la Unidad de Cuidados Intensivos de la clínica Centenario, en Pueblo Libre.
Duberlí Rodríguez, presidente del Poder Judicial, refirió en diálogo con Radio Nacional que los jueces que reciban el recurso que interpondrá la lideresa de la tienda naranja evaluarán sus argumentos para tomar una decisión.
Rodríguez añadió que si la respuesta es negativa, el caso puede ser llevado al Tribunal Constitucional, donde se decidirá de manera definitiva si se admite o no el hábeas corpus. Pero, ¿de qué se trata realmente este mecanismo legal?
El titular del Poder Judicial explicó que los ciudadanos pueden presentar un hábeas corpus en defensa de las garantías constitucionales y proteger los derechos de las personas.
Encontramos una definición sencilla de entender en el blog de Ricardo Velásquez Ramírez, sobre derecho procesal constitucional.
-El hábeas corpus proviene de una expresión latina que significa ‘traedme el cuerpo’ y que en síntesis puede decirse que es la suprema garantía del derecho a la libertad que asiste a toda persona detenida o presa de manera arbitraria o sin la formalidad legal para que su detención sea vista inmediata y públicamente por un juez o tribunal, a fin que, luego de oírla, se decida si su detención es o no legal, y si debe levantarse o no.
Y se añade: “El hábeas corpus es una acción de garantía constitucional que procede contra todo acto u omisión de funcionario, autoridad o particular que vulnera o amenaza la libertad individual y los derechos íntimamente relacionados a ella, con excepción de aquellos tutelados por la Acción de Amparo”.
La finalidad principal del “hábeas corpus es el restablecimiento de la libertad personal vulnerada o amenazada, es decir, volver al estado anterior a la privación de libertad de la persona”.
Lo que dice la Constitución
En la actual Constitución Política de 1993, se regula al hábeas corpus en el Artículo 200º inciso 1) que dice lo siguiente:
“Son garantías constitucionales:
1) La Acción de Hábeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos”.
Esta nota también te puede interesar
Keiko Fujimori: "El juicio de mi padre fue un juicio político, con una sentencia prefabricada" [VIDEO] https://t.co/q5itgPZUzn pic.twitter.com/b648qauzzX
— Diario Perú21 (@peru21noticias) 12 de mayo de 2017
Si te interesó lo que acabas de leer, recuerda que puedes seguir nuestras últimas publicaciones por Facebook, Twitter y puedes suscribirte aquí a nuestro newsletter.